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¡Atención productores! Estos son los requisitos para comprar diésel a Bs 9.80

La norma establece un mecanismo temporal para que pequeños productores agropecuarios habilitados puedan adquirir diésel para consumo propio, mediante la identificación con cédula de identidad o Tarjeta de Control.

Foto: Cisternas de YPFB
Bolivia

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El Decreto Supremo N° 5698 establece un mecanismo excepcional para facilitar el acceso de los pequeños productores agropecuarios al diésel destinado al consumo propio, durante la vigencia del periodo transitorio establecido en la normativa vigente.

La medida dispone que el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) remita al ente regulador la información actualizada del Régimen Agropecuario Unificado (RAU) para identificar a los productores mediante su número de cédula de identidad y habilitar la compra del combustible.

¿Cuáles son los requisitos para acceder?

Los pequeños productores agropecuarios deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar registrados dentro del Régimen Agropecuario Unificado (RAU).
  • Contar con la habilitación realizada por el Ente Regulador.
  • Tener registrada su Cédula de Identidad para la autorización de compra.

Además, los productores que cuentan con Tarjeta de Control, establecida en el Decreto Supremo N° 2243, también podrán acceder al beneficio presentando dicho documento.

Volumen permitido de compra

El decreto establece que los productores habilitados podrán adquirir entre:

  • 121 litros como mínimo
  • 2.500 litros como máximo al mes

El combustible deberá ser utilizado únicamente para consumo propio en actividades productivas agropecuarias.

Compra en estaciones de servicio

Las estaciones de servicio comercializarán el diésel a los productores habilitados únicamente con la presentación de la Cédula de Identidad, dentro de los volúmenes autorizados y al precio establecido en el Decreto Supremo N° 5516.

En el caso de productores que cuentan con Tarjeta de Control, la venta se realizará previa presentación de este documento.

Prohibida la venta o transferencia del diésel

El Decreto Supremo establece que el combustible adquirido bajo este mecanismo no podrá ser transferido ni vendido a terceras personas.

En caso de incumplimiento, el productor perderá la habilitación para continuar accediendo al beneficio.

Para quienes utilicen Tarjeta de Control, la transferencia del combustible puede ocasionar la cancelación de dicha autorización.

Habrá controles para evitar irregularidades

El ente regulador será responsable de realizar el control, supervisión y fiscalización de la comercialización del diésel destinado a pequeños productores agropecuarios.

Además, deberá adecuar sus sistemas informáticos para implementar mecanismos de identificación, habilitación, control, trazabilidad y fiscalización de los beneficiarios.

Evitarán doble beneficio

La norma establece que el ente regulador deberá unificar la información de productores habilitados mediante cédula de identidad y aquellos que cuentan con Tarjeta de Control, con el objetivo de evitar que una persona reciba doble beneficio.

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