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¿Qué implica la ampliación del estado de excepción por otros 90 días? Esto establece el Decreto 5707

El Decreto Supremo 5707 mantiene las medidas extraordinarias establecidas previamente y dispone su aplicación en todo el país. Conozca qué pasa con los derechos, las protestas y qué papel tendrá la Asamblea Legislativa.

Imagen de archivo AFP.
Bolivia

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El Gobierno de Rodrigo Paz amplió por otros 90 días calendario el Estado de Excepción por Conmoción Interna que rige en Bolivia, mediante el Decreto Supremo N° 5707, aprobado el 14 de septiembre de 2026.

La decisión alcanza a todo el territorio nacional y busca, según el decreto, prevenir nuevos escenarios de conflictividad, preservar el orden público, garantizar la libre circulación, proteger a la población y asegurar la continuidad de servicios y bienes esenciales.

Pero, ¿qué implica esta ampliación y qué puede cambiar para los ciudadanos?

¿Por cuánto tiempo se amplía?

El Decreto Supremo 5707 establece una ampliación de 90 días calendario, que comenzará a computarse una vez concluido el plazo inicial establecido por el Decreto Supremo N° 5636, de junio de 2026.

El primer estado de excepción había sido declarado por 90 días debido a una situación de conmoción interna.

Con la nueva disposición, el Gobierno pretende extender las medidas excepcionales durante el tiempo que considera necesario para consolidar el restablecimiento del orden público y evitar un nuevo escalamiento de los conflictos.

¿Qué medidas continuarán?

Uno de los puntos centrales del nuevo decreto está en su Artículo 3. La norma establece que durante la ampliación se mantienen vigentes las medidas extraordinarias, facultades, restricciones y mecanismos de aplicación establecidos en el Decreto Supremo 5636.

Sin embargo, el propio decreto señala que estas disposiciones continuarán en tanto sean necesarias y aplicables, y siempre de acuerdo con la Constitución Política del Estado y la Ley N° 1740, de Regulación de Estados de Excepción.

En términos prácticos, la ampliación no crea en este decreto un nuevo paquete de medidas completamente distinto, sino que prolonga la vigencia de las disposiciones extraordinarias ya establecidas.

¿Por qué decidió el Gobierno ampliar el estado de excepción?

El decreto sostiene que los informes de los ministerios de Gobierno y Defensa advierten que persisten riesgos de conflictividad y la posibilidad de que se reactiven movilizaciones, bloqueos y otras medidas de presión.

Según el documento, estos escenarios podrían afectar:

  •  La seguridad de la población.

  •  La libre circulación de personas.

  •  El transporte y abastecimiento de bienes.

  •  La provisión de productos e insumos esenciales.

  •  La continuidad de servicios esenciales.

  •  El funcionamiento normal de las instituciones.

  •  Las actividades económicas y sociales.

  •  La infraestructura crítica y los activos estratégicos del Estado.

El Gobierno argumenta que mantener las medidas permitirá actuar de manera preventiva ante una eventual reactivación de los conflictos.

¿Esto significa que se suspenden los derechos?

No. Este es uno de los puntos más importantes del decreto.

La Constitución establece que un estado de excepción no puede suspender las garantías de los derechos ni los derechos fundamentales. Tampoco puede afectar el debido proceso, el derecho a la información ni los derechos de las personas privadas de libertad.

El Decreto 5707 también señala que las medidas deben respetar principios como la necesidad, proporcionalidad, subsidiariedad, temporalidad, no discriminación, gradualidad y uso diferenciado de la fuerza.

Por ello, la ampliación del estado de excepción no significa que los derechos constitucionales queden anulados.

¿Qué pasará con las protestas?

El decreto recoge una recomendación de una misión de alto nivel de la Organización de los Estados Americanos (OEA), que plantea la necesidad de proteger el derecho a la protesta pacífica, pero también garantizar los derechos de terceros.

Entre estos derechos menciona la vida, la salud, la alimentación, el libre desplazamiento y el acceso a servicios esenciales.

También plantea la protección de infraestructura crítica y la posibilidad de establecer corredores humanitarios y logísticos ante nuevos escenarios de protesta, dentro del marco constitucional y del Estado de derecho.

Esto significa que el decreto plantea un equilibrio entre el derecho a la protesta pacífica y la protección de otros derechos fundamentales de la población.

¿La Asamblea Legislativa debe aprobar la ampliación?

Sí. El Decreto Supremo 5707 dispone expresamente que debe ser remitido a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP).

La Ley N° 1740 establece que una ampliación excepcional del estado de excepción requiere autorización de la Asamblea Legislativa, mediante el voto de la mayoría absoluta de sus miembros presentes.

Por tanto, la ampliación decretada por el Ejecutivo queda vinculada al procedimiento de control legislativo previsto por la Constitución y la ley.

¿Qué ocurre mientras la Asamblea decide?

La Disposición Transitoria Segunda establece que, de manera excepcional, las medidas adoptadas mediante el Decreto Supremo 5636 se mantendrán hasta que la Asamblea Legislativa emita la resolución correspondiente.

Es decir, el Gobierno dispone la continuidad de las medidas mientras se desarrolla el trámite legislativo.

¿Qué busca garantizar el Gobierno?

El Decreto 5707 sostiene que la ampliación tiene como objetivos principales:

1. Mantener el orden público.
Evitar que vuelvan a producirse hechos que puedan generar escenarios de desestabilización.

2. Proteger a la población.
Prevenir situaciones que puedan poner en riesgo la seguridad de los ciudadanos.

3. Garantizar la circulación.
Evitar bloqueos u otras acciones que impidan el libre desplazamiento de personas y bienes.

4. Asegurar el abastecimiento.
Proteger la llegada y distribución de productos e insumos esenciales.

5. Mantener los servicios esenciales.
Evitar interrupciones que puedan afectar a la población.

6. Proteger infraestructura crítica.
Resguardar instalaciones y activos considerados estratégicos para el Estado.

La ampliación del estado de excepción no implica por sí misma la suspensión general de derechos. El Gobierno mantiene las medidas extraordinarias previstas en el decreto anterior, pero estas deben aplicarse dentro de los límites establecidos por la Constitución y la Ley 1740.

Además, la continuidad de la ampliación deberá pasar por la Asamblea Legislativa Plurinacional, que tendrá que pronunciarse sobre la autorización correspondiente.

La medida, por tanto, abre ahora una nueva etapa: 90 días adicionales de estado de excepción, con control legislativo y bajo el argumento oficial de prevenir nuevos conflictos y garantizar la seguridad, la circulación y los servicios esenciales en Bolivia.

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