El Decreto Municipal 452/2024 establece sanciones para vehículos y personas que generen ruido excesivo. Las multas son progresivas y pueden llegar hasta Bs 1.000 para quienes reincidan.
08/10/2026 12:34
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La Alcaldía de Cochabamba recordó que está vigente el Decreto Municipal 452/2024, que establece infracciones y sanciones para quienes generen contaminación acústica, principalmente mediante vehículos y equipos de amplificación de sonido.
Entre las conductas sancionadas se encuentra la circulación de vehículos con tubos roncadores, resonadores, escapes libres o silbadores que generen ruido excesivo.
También se controla el uso indebido de bocinas en inmediaciones de hospitales, centros de salud, guarderías, escuelas, asilos y otros espacios de descanso.
¿Qué otras acciones están prohibidas?
El decreto también contempla sanciones por:
No contar con autorización para utilizar megafonía, amplificadores de sonido o altavoces en vehículos.
Realizar aceleraciones innecesarias que generen contaminación acústica.
Superar los límites permitidos de emisión de sonido.
Exceder los niveles autorizados durante la difusión de propaganda, publicidad u otros servicios.
¿Cuánto se debe pagar?
El Decreto Municipal 452/2024 establece sanciones progresivas:
Primera infracción: Bs 250.
Segunda infracción: Bs 500.
Tercera infracción: Bs 1.000.
Los controles municipales y de Movilidad Urbana se realizan en las calles para identificar vehículos y motocicletas con sistemas de escape modificados y otras fuentes de ruido excesivo.
Las autoridades recordaron que el objetivo de la normativa es reducir la contaminación acústica y evitar que el ruido afecte especialmente a personas que se encuentran en zonas sensibles como hospitales y establecimientos educativos.
