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Nuevo Decreto 5708: ¿qué deudas tributarias pueden regularizarse y hasta cuándo?

El Decreto Supremo N.º 5708 extiende hasta el 31 de diciembre de 2026 el plazo para que contribuyentes con deudas ante Impuestos Nacionales y la Aduana puedan acogerse al régimen de regularización tributaria establecido por la Ley N.º 1733.

Imagen de referencia Servicio Nacional de Impuestos.
Bolivia

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¿Qué dice el nuevo Decreto Supremo N.º 5708 y a quiénes beneficia? Esta es una de las principales dudas que surgen tras la publicación de la nueva norma, que amplía el plazo para la regularización de deudas tributarias ante el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) y la Aduana Nacional.

El decreto, firmado el 16 de septiembre de 2026 por el presidente Rodrigo Paz Pereira, establece una ampliación que puede ser de interés para personas y empresas que mantienen obligaciones tributarias pendientes correspondientes a determinados periodos fiscales.

¿Hasta cuándo se amplía el plazo?

La principal novedad es que el periodo de regularización, que inicialmente contemplaba 120 días calendario, se extiende ahora hasta el 31 de diciembre de 2026.

Es decir, los contribuyentes tendrán más tiempo para acogerse a las condiciones establecidas por la Ley N.º 1733, de 27 de mayo de 2026.

¿Qué deudas pueden regularizarse?

La Ley N.º 1733 contempla la regularización de deudas tributarias correspondientes a periodos fiscales comprendidos entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2025.

El beneficio alcanza obligaciones ante:

  • Servicio de Impuestos Nacionales (SIN)

  • Aduana Nacional (AN)

¿Cómo se puede pagar?

La norma establece dos alternativas principales.

Pago al contado:
El contribuyente puede regularizar su deuda pagando el tributo omitido actualizado en un 50% del mantenimiento de valor.

En este caso, quedan condonados la diferencia del mantenimiento de valor, los intereses y determinadas multas vinculadas a delitos de defraudación tributaria o aduanera, omisión de pago e incumplimiento de deberes formales, siempre que deriven del tributo regularizado.

Facilidades de pago:
También existe la posibilidad de acceder a un plan de pago de hasta 36 cuotas mensuales. En esta modalidad se actualiza el tributo omitido a la fecha de publicación de la Ley N.º 1733 y se condonan los intereses y determinadas multas señaladas por la norma.

¿Qué significa esto para los contribuyentes?

En términos sencillos, el Decreto Supremo N.º 5708 no crea un nuevo régimen tributario, sino que amplía el tiempo para acceder a los beneficios de regularización que ya fueron establecidos por la Ley N.º 1733.

La nueva fecha límite es el 31 de diciembre de 2026, por lo que quienes tengan deudas comprendidas dentro del periodo establecido deberán revisar su situación y las condiciones para acogerse al beneficio antes de que concluya el plazo.

El decreto también encarga al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas la ejecución y cumplimiento de la medida.


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