El documento, fechado el 26 de agosto de 2026, ordena la aprehensión del ciudadano argentino dentro de una investigación de oficio por presunto enriquecimiento ilícito de particulares con afectación al Estado.
27/08/2026 16:57
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La Fiscalía Departamental de La Paz emitió un mandamiento de aprehensión contra Fernando Gabriel Cerimedo, dentro de una investigación por la presunta comisión del delito de Enriquecimiento Ilícito de Particulares con Afectación al Estado, previsto en el artículo 28 de la Ley N.º 004 “Marcelo Quiroga Santa Cruz”.
El documento fue librado el 26 de agosto de 2026 y está dirigido al investigador asignado al caso o a cualquier autoridad competente, a quienes se instruye proceder con la aprehensión de Cerimedo y remitirlo ante el fiscal encargado del proceso.
Cerimedo ha sido vinculado públicamente al entorno del presidente Rodrigo Paz; sin embargo, el propio Gobierno sostuvo anteriormente que no tuvo un cargo formal ni contrato con el Estado y que no estaba autorizado para representar al mandatario o al Ejecutivo.
Investigación fue iniciada de oficio
De acuerdo con el mandamiento, el caso tiene el Código Único 201102012605615 y figura como denunciante el Ministerio Público de oficio.
En el documento se identifica como denunciados a Fernando Gabriel Cerimedo y otro, dentro de la investigación que lleva adelante la Fiscalía Especializada en Delitos Anticorrupción, Legitimación de Ganancias Ilícitas y Delitos Tributarios y Aduaneros de La Paz.
La orden señala que Cerimedo deberá ser puesto a disposición del Ministerio Público y, posteriormente, de la autoridad jurisdiccional correspondiente.
Fiscalía habla de “suficientes indicios”
El mandamiento establece, dentro de la fundamentación fiscal, que la aprehensión busca asegurar el sometimiento del investigado al proceso y señala que existirían, según la Fiscalía, “suficientes indicios” relacionados con el delito investigado.
Esta valoración corresponde a la posición del Ministerio Público dentro de una investigación en curso y no constituye una sentencia ni una declaración de culpabilidad.
La orden fue emitida en aplicación del artículo 226 del Código de Procedimiento Penal y en cumplimiento de una resolución de aprehensión de la misma fecha.
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