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Pacientes con cáncer y enfermedades terminales accederán a pasajes aéreos solidarios: esto establece el proyecto aprobado

El proyecto contempla pasajes nacionales e internacionales para pacientes que requieran atención médica especializada fuera de su lugar de residencia. También incluye a un acompañante y establece cupos obligatorios por vuelo.

Pacientes con cáncer y enfermedades terminales podrán acceder a pasajes aéreos solidarios. Foto: imagen referencial.

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El Senado aprobó el Proyecto de Ley N.º 526/2024-2025, que establece pasajes aéreos solidarios para pacientes con cáncer, cuadros críticos y enfermedades terminales que necesiten trasladarse dentro o fuera de Bolivia para recibir atención médica especializada.

La propuesta contempla vuelos nacionales e internacionales y alcanza a aerolíneas públicas y privadas. Además, prevé la cobertura de un acompañante cuando el paciente requiera asistencia durante el traslado.

El proyecto fue aprobado este miércoles 2 de septiembre en la Cámara de Senadores y posteriormente remitido a la Cámara de Diputados para continuar con su tratamiento legislativo.

¿Quiénes podrán acceder a los pasajes aéreos solidarios?

El beneficio está dirigido a pacientes con diagnóstico de cáncer, cuadros críticos o enfermedades terminales que necesiten viajar para recibir tratamiento médico fuera de su lugar de residencia.

Para acceder, el paciente deberá presentar un certificado médico, físico o digital, emitido por un centro hospitalario especializado, ya sea de Bolivia o del exterior.

El documento deberá ser remitido al Ministerio de Salud y Deportes, institución encargada de verificar la información y emitir la certificación que acredite la necesidad del traslado.

Según el proyecto, el Ministerio tendrá un plazo máximo de 48 horas desde la presentación de la solicitud para emitir una respuesta.

Las solicitudes podrán realizarse de manera presencial o virtual a través de los canales que habilite la cartera de Salud.

Aerolíneas deberán reservar cupos por vuelo

Otro de los puntos establecidos en el proyecto es que las aerolíneas deberán reservar al menos cuatro cupos por vuelo para los beneficiarios y sus acompañantes.

Una vez emitida la acreditación correspondiente, la empresa aérea programará el pasaje tras verificar los datos proporcionados por el Ministerio de Salud.

La propuesta también establece que las aerolíneas deberán adecuar sus servicios a las necesidades de salud de los pasajeros beneficiarios y no podrán negar injustificadamente la emisión del boleto.

El beneficio contempla, además, un pasaje para la persona que acompañe al paciente durante el viaje cuando sea necesario. Tanto la condición médica del beneficiario como la acreditación del acompañante deberán contar con certificación oficial.

El proyecto todavía debe continuar su tratamiento en la Cámara de Diputados, por lo que las disposiciones planteadas aún no deben considerarse vigentes.

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