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Gary Prado se refiere a la demanda por reparación a víctimas de los casos Terrorismo 1 y 2

El abogado Gary Prado cuestionó la forma en la que fue presentada la denuncia y consideró que existen errores formales y esenciales que podrían derivar en su rechazo por parte del Ministerio Público.

Gary Prado: “La búsqueda de justicia y reparación es un acto legítimo”. FOTO: RED UNO.
Santa Cruz de la Sierra, Bolivia

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El abogado Gary Prado defendió la legitimidad de una demanda orientada a buscar justicia y reparación por los daños que, según señaló, sufrieron más de 40 personas durante la tramitación de los casos denominados Terrorismo 1 y 2.

El jurista sostuvo que quienes fueron afectados por presuntas vulneraciones a sus derechos durante estos procesos tienen derecho a reclamar reparación y que, en caso de establecerse responsabilidades, quienes las hayan cometido deben responder ante la justicia.

“La búsqueda de justicia y de reparación del daño que se ha causado a más de 40, 50 personas durante la tramitación de los casos de Terrorismo 1 y 2 es un acto legítimo, es un acto que debe darse en algún momento y los responsables de las violaciones a derechos humanos, de las afectaciones que han vivido estas personas deben pagar su responsabilidad”, señaló Prado.

Sin embargo, el abogado cuestionó la forma en la que fue presentada la denuncia y consideró que existen errores formales y esenciales que podrían derivar en su rechazo por parte del Ministerio Público.

“Lamentablemente, tres de las personas que han sido víctimas de cárcel, auxilio y procesamiento indebido han optado por presentar una denuncia que con mucha probabilidad será rechazada por el Ministerio Público porque carece de elementos formales esenciales que debe tener una denuncia, pero además porque se ha formulado cometiendo serios errores en ella”, afirmó.

Entre las observaciones planteadas por Prado está la inclusión de personas fallecidas entre los denunciados. Según explicó, esta situación impediría establecer responsabilidad penal contra quienes ya han muerto.

“Por ejemplo, se ha denunciado a personas fallecidas. Eso no existe, no puede haber responsabilidad penal en una persona que ya falleció”, manifestó.

El abogado concluyó que los errores formales en la presentación de la denuncia podrían convertirse en un obstáculo para que el Ministerio Público avance con el caso.

“Lamentablemente, quien haya redactado esta denuncia no ha tomado en cuenta que estos errores formales pueden dar lugar al rechazo”, concluyó.

De esta manera, Prado diferenció entre la legitimidad del reclamo de las presuntas víctimas y las observaciones que, desde el punto de vista jurídico, plantea sobre la forma en que fue presentada la denuncia.

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