El proyecto de ley plantea una alternativa para pacientes con cáncer, críticos y con enfermedades terminales que necesitan viajar para recibir atención especializada. Conoce los detalles del beneficio.
03/09/2026 8:00
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La Cámara de Senadores aprobó el miércoles el Proyecto de Ley N.º 526/2024-2025 C.D., denominado “Ley de Pasajes Aéreos para Pacientes con Cáncer y Enfermedades Terminales”, que plantea otorgar pasajes aéreos solidarios, nacionales e internacionales, a pacientes que necesiten trasladarse a otra ciudad para recibir atención médica especializada.
La propuesta también contempla un pasaje para un acompañante, cuando sea necesario para el cuidado del paciente. Tras su aprobación en la Cámara Alta, el proyecto fue remitido a la Cámara de Diputados para continuar con su tratamiento legislativo.
¿Quiénes podrán acceder?
De acuerdo con el proyecto, podrán beneficiarse:
Personas diagnosticadas con cáncer.
Pacientes críticos.
Personas con enfermedades terminales que requieran tratamiento médico en una ciudad diferente a la de su residencia.
Un acompañante por paciente, cuando corresponda y siempre que sea certificado.
Tanto la condición médica del paciente como la necesidad de un acompañante deberán ser certificadas por el Ministerio de Salud y Deportes.
¿Cuál es el primer paso para solicitar el beneficio?
El paciente deberá presentar un certificado médico físico o digital emitido por un hospital especializado, nacional o extranjero.
El documento deberá ser presentado ante el Ministerio de Salud y Deportes, que tendrá la responsabilidad de verificar y validar la información médica por los medios disponibles.
El proyecto establece que el certificado no requerirá una formalidad específica para acreditar su validez, quedando la verificación a cargo de la autoridad sanitaria.
Salud tendrá 48 horas para responder
Una vez presentada la solicitud, el Ministerio de Salud deberá evaluar la documentación y determinar si el paciente necesita trasladarse a otra ciudad, dentro o fuera del país, para recibir atención médica.
El proyecto fija un plazo máximo de 48 horas para que la cartera de Estado emita la certificación correspondiente.
Las solicitudes podrán realizarse de manera presencial o virtual, con el objetivo de facilitar el acceso al beneficio.
¿Qué ocurre después de la certificación?
Una vez que el Ministerio de Salud emita la certificación, la aerolínea podrá programar el pasaje tras verificar los antecedentes proporcionados por la cartera de Estado.
El proyecto establece que las empresas aéreas no podrán negar injustificadamente la emisión del boleto, siempre que se hayan cumplido los requisitos establecidos.
Además, el pasaje deberá ser emitido de manera anticipada a la fecha de la consulta o solicitud, según las condiciones previstas en la propuesta.
Aerolíneas deberán reservar cuatro cupos por vuelo
Uno de los principales mecanismos establecidos por el proyecto es la obligación de las aerolíneas públicas y privadas de reservar como mínimo cuatro cupos por vuelo para pacientes beneficiarios y sus acompañantes que cumplan los requisitos.
Las empresas también deberán proporcionar las condiciones técnicas necesarias para garantizar que los pacientes sean trasladados con comodidad y los cuidados requeridos de acuerdo con su estado de salud.
El beneficio aún debe completar su trámite legislativo
Aunque el Senado aprobó el proyecto, el beneficio todavía no está vigente como ley. La propuesta fue enviada a la Cámara de Diputados, donde deberá continuar su tratamiento conforme al procedimiento legislativo.
De aprobarse y posteriormente entrar en vigencia, el mecanismo permitiría que pacientes con cáncer, críticos o con enfermedades terminales puedan acceder a transporte aéreo solidario cuando necesiten trasladarse fuera de su lugar de residencia para recibir tratamiento especializado.
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