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Senado aprueba pasajes aéreos gratuitos para pacientes con cáncer y enfermedades críticas

La norma establece cupos solidarios obligatorios en vuelos nacionales e internacionales para personas que necesitan trasladarse a otros departamentos o países para recibir tratamientos médicos especializados.

Senado aprueba ley que garantiza pasajes aéreos gratuitos para pacientes con cáncer y enfermos críticos. Imagen: ABI.
Bolivia

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La Cámara de Senadores dio luz verde y aprobó por unanimidad el Proyecto de Ley N° 526/2024-2025 C.D., una normativa que asegura el acceso a pasajes aéreos nacionales e internacionales, de carácter gratuito o subvencionado, para pacientes con cáncer, enfermos críticos y en estado terminal que necesiten trasladarse para recibir tratamientos médicos especializados fuera de su lugar de residencia.

La iniciativa, que fue repuesta en esta legislatura por la senadora Claudia Mallón tras haber obtenido el respaldo inicial en la Cámara de Diputados —impulsada originalmente por la diputada Janira Román—, establece un marco de protección social enfocado en aliviar la carga económica y emocional de miles de familias bolivianas que enfrentan patologías de alta complejidad.

Senado aprueba ley que garantiza pasajes aéreos gratuitos para pacientes con cáncer y enfermos críticos

Puntos clave de la normativa aprobada:

  • Cupos obligatorios por vuelo: Las aerolíneas comerciales, tanto estatales como privadas, quedan obligadas a reservar un mínimo de cuatro pasajes solidarios por cada vuelo, aplicable tanto en rutas nacionales como internacionales.

  • Inclusión de acompañantes: La ley contempla de manera explícita el beneficio de un pasaje adicional para un acompañante, asegurando el cuidado y apoyo del paciente durante los desplazamientos.

  • Certificación y plazos estrictos: El acceso al beneficio se gestionará mediante un certificado médico físico o digital emitido por centros hospitalarios autorizados. El Ministerio de Salud y Deportes tendrá un plazo máximo de 48 horas para evaluar y emitir la validación oficial, y las aerolíneas dispondrán del mismo tiempo (48 horas) para programar el boleto sin objeciones injustificadas.

  • Sanciones por incumplimiento: Las empresas de aviación que incumplan con la reserva de los cupos solidarios se expondrán a multas severas equivalentes al 200% del valor del pasaje no emitido, sanción que será aplicada por las instancias tributarias competentes.

Con esta aprobación unánime en el Senado, la norma se encamina hacia su promulgación definitiva, consolidándose como un hito legislativo en la garantía del derecho a la salud y la atención preferente para los sectores más vulnerables del país.

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