La Sala Constitucional aceptó la decisión del exministro de Economía de retirar la acción de amparo y ordenó el desglose de la documentación y archivo de obrados; la representación de la Asamblea cuestionó aspectos del procedimiento.
24/08/2026 17:10
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La Sala Constitucional Tercera de El Alto admitió este lunes el retiro de la Acción de Amparo Constitucional presentada por el exministro de Economía José Gabriel Espinoza, con lo que la audiencia concluyó sin ingresar a resolver el fondo de la demanda.
Durante la lectura de la determinación, el juez sostuvo que el retiro constituye una manifestación expresa de voluntad del titular de la acción, la cual debe ser respetada cuando se produce antes de que la demanda constitucional sea considerada y resuelta.
“Cuando una persona acude a la acción constitucional en busca de la protección de derechos fundamentales y garantías constitucionales y, previa a la consideración y resolución de la demanda de amparo, retira la misma, corresponde únicamente su aceptación”, explicó la autoridad judicial.
Sala ordena archivo de obrados
La autoridad jurisdiccional señaló que, bajo el principio dispositivo y ante la voluntad expresa de retirar la demanda, correspondía aceptar la solicitud.
“Esta Sala Constitucional ha aceptado el retiro de la acción de amparo constitucional”, comunicó el juez al finalizar su resolución.
Como consecuencia, se dispuso el desglose de la documentación presentada y el correspondiente archivo de obrados, con las formalidades establecidas.
Tras notificar a las partes, la autoridad dio por concluida la audiencia.
Amparo no llegó a resolverse en el fondo
Con la aceptación del retiro, la Sala Constitucional no emitió una decisión sobre el fondo de las pretensiones planteadas en el amparo, sino que cerró el trámite a solicitud de la propia parte que había promovido la acción.
Espinoza había acudido a la jurisdicción constitucional en medio de la controversia generada por su censura en la Asamblea Legislativa Plurinacional y las posteriores decisiones asumidas respecto a su permanencia en el Ministerio de Economía.
El Ejecutivo posteriormente dejó sin efecto su designación como ministro y dispuso que la cartera sea asumida de manera interina.
El abogado también cuestionó la participación de funcionarios públicos en la presentación de la acción y planteó observaciones sobre la actuación desarrollada dentro del proceso.
Audiencia concluyó tras aceptación del retiro
Pese a los cuestionamientos formulados posteriormente por las partes, la determinación central de la audiencia quedó establecida: el retiro del amparo fue aceptado y el expediente deberá ser archivado.
De esta manera, la acción constitucional promovida por Espinoza concluye sin que la Sala Tercera haya emitido un pronunciamiento sobre el fondo de la controversia que originó la demanda.
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