La nueva norma establece medidas de austeridad, simplificación administrativa y transformación digital, además de redistribuir competencias entre las carteras de Estado.
14/08/2026 10:05
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El Decreto Supremo N° 5675 establece una nueva organización del Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado, con el objetivo de reducir la burocracia, racionalizar el gasto público y orientar la gestión estatal hacia resultados verificables.
La norma plantea una reestructuración de la administración pública y dispone la supresión de dos carteras de Estado: el Ministerio de Planificación del Desarrollo y Medio Ambiente y el Ministerio de Turismo Sostenible, Culturas, Folklore y Gastronomía. Sus funciones no desaparecen, sino que serán redistribuidas dentro de la nueva estructura gubernamental.
Entre sus disposiciones, el decreto establece que la organización del Ejecutivo deberá evitar niveles jerárquicos innecesarios, reducir la duplicidad de funciones y delimitar con mayor claridad las tareas de conducción, regulación, ejecución y fiscalización.
Austeridad y control del gasto
El decreto incorpora reglas de disciplina fiscal para las entidades del Órgano Ejecutivo. Los ministerios no podrán generar compromisos financieros que no cuenten con respaldo presupuestario.
Asimismo, establece que las autoridades tendrán responsabilidad directa sobre los resultados y el impacto de su gestión, bajo criterios de austeridad, economía y racionalización del gasto público.
Los ministerios deberán administrar sus presupuestos bajo estos principios y orientar sus estructuras hacia una gestión más simple y eficiente.
Más digitalización y menos trámites
Otro de los ejes centrales del DS 5675 es la simplificación de trámites y la transformación digital.
La norma dispone la revisión permanente de los procedimientos administrativos para eliminar requisitos considerados obsoletos y promover mecanismos electrónicos. También plantea una mayor interoperabilidad entre las instituciones públicas.
El modelo de gestión deberá estar orientado a metas verificables, con indicadores, plazos y responsables definidos.
Cambios en la Vicepresidencia
La norma también modifica la estructura administrativa de la Vicepresidencia, que pasa a depender administrativa y financieramente del Ministerio de la Presidencia.
Además, establece que la Vicepresidencia no contará con representaciones regionales ni departamentales.
En cuanto a la Presidencia, su estructura estará integrada por la Secretaría Privada, la Jefatura de Gabinete, unidades técnicas, Casa Civil y Casa Militar.
El decreto también contempla que, cuando el Presidente se encuentre fuera del país, pueda ejercer el mando mediante medios tecnológicos. Si existe imposibilidad técnica, deberá comunicarse por escrito la suplencia temporal al Vicepresidente, especificando las acciones delegadas.
Delegados presidenciales y estructura ministerial
El Presidente podrá designar delegados presidenciales para asuntos estratégicos o transversales. Sin embargo, estos no podrán duplicar ni sustituir las funciones de los ministerios ni tendrán jerarquía sobre los ministros.
Los ministros mantienen su condición de Máximas Autoridades Ejecutivas (MAE) de sus respectivas carteras y tendrán entre sus atribuciones proponer leyes y decretos, emitir resoluciones y administrar sus presupuestos.
Cada ministro podrá crear hasta dos unidades especializadas bajo su dependencia mediante resolución ministerial, siempre que sean financiadas con el presupuesto de su propia cartera.
Los viceministros, por su parte, tendrán la función de operativizar y ejecutar las políticas ministeriales y forman parte de la estructura interna de cada ministerio.
En conjunto, el DS 5675 plantea una nueva organización del Órgano Ejecutivo, con énfasis en austeridad, reducción de estructuras burocráticas, responsabilidad de las autoridades, digitalización de servicios y redistribución de competencias entre las diferentes instituciones del Estado.
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