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Grandes consumidores pagarán Bs 18 por litro de diésel; transportistas y particulares mantienen Bs 9,80

El Ejecutivo aplicará un esquema diferenciado según el volumen de consumo, con nuevas condiciones para usuarios directos y empresas. La medida busca reducir la carga fiscal de la importación, frenar el desvío y la reventa del carburante, e incentivar la participación privada.

Foto:imagen referencial
Bolivia

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El Gobierno nacional promulgó el Decreto Supremo 5676, que modifica la forma de comercialización del diésel para determinados segmentos de alto consumo y establece un Precio Referencial Inicial de Bs 18 por litro, mientras mantiene sin cambios los precios regulados para el resto de los consumidores.

La norma fue emitida el 16 de agosto de 2026 y tiene como objetivo reducir la carga fiscal que representa para Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) la importación de combustibles.

Grandes consumidores pagarán Bs 18

De acuerdo con una nota de prensa gubernamental que explica los alcances de la medida, los grandes consumidores de diésel comenzarán a pagar Bs 18 por litro, un valor que busca aproximarse al costo que representa para el país importar el carburante.

El Decreto Supremo establece formalmente que, mientras se aprueba la metodología definitiva, el Precio Referencial Inicial será de Bs 18 por litro, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Este mecanismo alcanza a clientes directos y Grandes Consumidores (GRACOS) atendidos por YPFB, además de usuarios directos que adquieran diésel mediante estaciones de servicio o puestos de venta habilitados.

Transporte y particulares mantendrán Bs 9,80

El Ejecutivo aclaró que la medida no representa un incremento generalizado del precio del diésel.

Según la explicación gubernamental, los particulares que carguen combustible para sus vehículos y el transporte continuarán pagando Bs 9,80 por litro.

El propio decreto señala que para los demás consumidores se mantienen invariables los precios finales regulados establecidos por la normativa anterior.

Sin embargo, la nota oficial precisa que, si un usuario particular o transportista solicita una provisión adicional que supere su consumo habitual —más allá del llenado normal del tanque de su vehículo—, ese volumen adicional podrá ser comercializado bajo el Precio Referencial de Bs 18.

¿Quiénes son considerados usuarios directos y grandes consumidores?

La información gubernamental establece tres categorías de compradores según el volumen mensual de diésel:

  • Usuario directo: desde 120 hasta 5.000 litros mensuales para consumo propio, adquiridos en estaciones de servicio.

  • Cliente directo: desde 5.000 hasta 19.999 litros mensuales para consumo propio, comprados en plantas de almacenaje.

  • Gran Consumidor o GRACO: desde 20.000 litros mensuales en adelante, exclusivamente para consumo propio y adquirido desde plantas de almacenaje.

Esta diferenciación busca separar al ciudadano o transportista que carga normalmente su vehículo de empresas, industrias e instituciones que demandan grandes cantidades de combustible para desarrollar sus actividades.

Gobierno apunta contra desvío y reventa de combustible

Según la nota de prensa oficial, una de las razones para aplicar la diferenciación es frenar el desvío, especulación y reventa del diésel.

El Ejecutivo sostiene que determinados sectores adquieren el combustible al precio regulado de Bs 9,80 y posteriormente lo comercializan en mercados informales o fuera del país por montos superiores, que pueden llegar a Bs 15 e incluso Bs 20 por litro.

Estas afirmaciones corresponden a la explicación brindada por el Gobierno para justificar la nueva política de precios.

La medida, según el Ejecutivo, busca además contribuir a disminuir las filas en estaciones de servicio y concentrar el beneficio del precio regulado en los consumidores habituales.

Precio Referencial incorporará importación e impuestos

El Decreto Supremo señala que el Precio Referencial debe contemplar los costos de importación y los impuestos correspondientes.

El Ministerio de Hidrocarburos y Energías deberá establecer mediante Resolución Ministerial la metodología para realizar el cálculo.

Mientras aquello ocurre, se aplicarán los Bs 18 por litro establecidos como precio inicial.

Estaciones tienen dos días para adecuarse

La norma concede hasta dos días hábiles para que estaciones de servicio y puestos de venta del país adecuen sus sistemas de facturación.

Mientras se complete esa adaptación, los usuarios directos podrán adquirir diésel al Precio Referencial Inicial únicamente en plantas de almacenaje de YPFB o YPFB Logística.

YPFB deberá establecer además, en un plazo máximo de cinco días hábiles, los procedimientos y condiciones para la aplicación del nuevo esquema.

Gobierno también busca incentivar importación privada

La estrategia gubernamental no solamente establece precios diferenciados. Según la comunicación oficial, también pretende estimular la importación de diésel por parte del sector privado y reducir progresivamente la presión financiera sobre el Estado.

El decreto argumenta que el aumento de los costos internacionales, la volatilidad de los precios y las condiciones cambiarias generaron una creciente carga fiscal para el Estado y YPFB.

Además, la norma dispone un Gravamen Arancelario de 0% hasta el 31 de diciembre de 2027 para determinadas subpartidas correspondientes a gasolinas para vehículos.

Un esquema de precios diferenciados

El Gobierno sostiene que el mecanismo toma como referencia experiencias regionales. La nota oficial menciona a Colombia, por la segmentación aplicada a grandes consumidores, y a Chile, por sus mecanismos de paridad de importación y transparencia en la formación de precios.

Con el DS 5676, el Ejecutivo busca que quienes consumen grandes volúmenes paguen un precio más próximo al costo de importación, mientras mantiene el precio regulado para transportistas y consumidores particulares.

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