El Decreto Supremo 5707 plantea extender por 90 días el estado de excepción ante posibles escenarios de conflictividad y mantiene las medidas extraordinarias establecidas previamente.
15/09/2026 11:19
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El Gobierno de Rodrigo Paz dispuso la ampliación por 90 días calendario del Estado de Excepción por Conmoción Interna mediante el Decreto Supremo N° 5707, aprobado el 14 de septiembre de 2026.
La medida abarcará todo el territorio nacional y mantiene las disposiciones extraordinarias establecidas previamente en el Decreto Supremo N° 5636.
Pero la pregunta central es: ¿por qué el Gobierno considera necesario prolongar esta medida?
Las principales razones del Gobierno
De acuerdo con los argumentos incluidos en el nuevo decreto, los informes de los ministerios de Gobierno y Defensa advierten que todavía existen condiciones que podrían generar nuevos escenarios de conflictividad.
El Ejecutivo señala principalmente el riesgo de que se reactiven movilizaciones, bloqueos y otras medidas de presión capaces de afectar el funcionamiento normal del país.
Estas son las razones principales:
1. Evitar una nueva escalada de conflictos
El Gobierno busca contar con mecanismos extraordinarios para responder ante una eventual reactivación de conflictos sociales que puedan comprometer la seguridad y el orden público.
La ampliación se plantea como una medida preventiva, con el argumento de evitar que una nueva escalada de protestas derive en situaciones de mayor gravedad.
2. Garantizar la libre circulación
Uno de los principales argumentos es evitar que bloqueos u otras acciones impidan el desplazamiento de personas y vehículos.
El decreto considera que una interrupción prolongada de las rutas puede tener efectos que van más allá del transporte y afectar directamente a la población.
3. Proteger el abastecimiento
El Gobierno advierte que nuevos bloqueos podrían dificultar el traslado y distribución de alimentos, combustibles, medicamentos, insumos y otros productos esenciales.
Por ello, otro de los objetivos es garantizar que los bienes puedan llegar a las diferentes regiones del país.
4. Evitar la interrupción de servicios esenciales
La norma también menciona la necesidad de preservar la continuidad de servicios considerados esenciales para la población.
La preocupación oficial es que los conflictos puedan generar interrupciones que afecten actividades básicas y el funcionamiento de las instituciones.
5. Proteger infraestructura crítica y activos estratégicos
Otro argumento está relacionado con la protección de instalaciones e infraestructura considerada crítica para el Estado.
El Gobierno sostiene que estos espacios y activos deben permanecer operativos frente a posibles escenarios de conflictividad.
6. Preservar la seguridad de la población
En términos generales, el Ejecutivo justifica la extensión por la necesidad de proteger a la ciudadanía ante posibles situaciones que puedan poner en riesgo su seguridad, movilidad, acceso a bienes o servicios.
¿Significa que volverán las mismas restricciones?
El Decreto Supremo 5707 mantiene las medidas extraordinarias, facultades, restricciones y mecanismos establecidos en el Decreto Supremo 5636, pero señala que deberán aplicarse en tanto sean necesarias y pertinentes.
Además, estas medidas deben respetar la Constitución Política del Estado y la Ley N° 1740, que regula los estados de excepción.
Por tanto, la ampliación no supone la creación de un paquete completamente nuevo de restricciones, sino la continuidad de las disposiciones extraordinarias previamente establecidas.
¿Y qué pasa con el derecho a protestar?
Este es uno de los puntos más sensibles.
El estado de excepción no significa la eliminación de los derechos fundamentales. La Constitución establece límites para este tipo de medidas y protege, entre otros aspectos, el debido proceso y el derecho a la información.
El decreto también establece que cualquier actuación debe regirse por principios como necesidad, proporcionalidad, subsidiariedad, temporalidad, no discriminación, gradualidad y uso diferenciado de la fuerza.
Además, el documento recoge recomendaciones de una misión de alto nivel de la Organización de los Estados Americanos (OEA) relacionadas con la protección de la protesta pacífica y, al mismo tiempo, de los derechos de terceros.
La idea planteada es buscar un equilibrio: proteger el derecho a manifestarse pacíficamente sin poner en riesgo la vida, la salud, la alimentación, la circulación o el acceso a servicios esenciales de otras personas.
¿Por qué se habla de corredores humanitarios?
Ante eventuales bloqueos, el decreto contempla la posibilidad de establecer corredores humanitarios y logísticos, dentro del marco constitucional y del Estado de derecho.
El objetivo sería permitir el traslado de personas, alimentos, medicamentos y otros bienes esenciales cuando una situación de conflicto pueda impedir su circulación.
¿Quién debe decidir sobre la ampliación?
Aunque el Ejecutivo aprobó el Decreto Supremo 5707, la ampliación debe ser remitida a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) para el procedimiento de autorización correspondiente.
La Ley N° 1740 establece que una ampliación excepcional del estado de excepción requiere autorización legislativa mediante el voto de la mayoría absoluta de los miembros presentes.
Mientras se desarrolla este procedimiento, la disposición transitoria del decreto establece excepcionalmente la continuidad de las medidas adoptadas mediante el Decreto Supremo 5636 hasta que la Asamblea emita la resolución correspondiente.
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