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Breve análisis de los últimos decretos del gobierno boliviano

La efectividad de estos decretos y de otras medidas económicas serán muy complejas en un escenario de contracción, poca gobernabilidad y conflictividad social, que amenaza cualquier intento de sacar pronto a Bolivia de esta crisis.

Breve análisis de los últimos decretos del gobierno boliviano. Foto: EFE

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Los Decretos Supremos 5630, 5629 y 5628 constituyen medidas de corto plazo para enfrentar los efectos de la actual coyuntura económica y social en Bolivia. El DS 5630 aliviará temporalmente la situación de miles de deudores y ayudará a contener la mora bancaria, aunque podría trasladar parte del riesgo crediticio hacia el futuro y reducir la rentabilidad del sistema financiero. El DS 5629 busca evitar problemas de abastecimiento de solventes y sostener la producción industrial, mejorando la continuidad operativa de las empresas. Por su parte, el DS 5628 tendrá un impacto fiscal limitado en salud, pero representa una señal de austeridad y solidaridad desde las máximas autoridades.

En conjunto, estas medidas pueden mitigar algunos efectos inmediatos de la crisis, pero no sustituyen las reformas estructurales que Bolivia aún necesita para fortalecer sus finanzas públicas, recuperar la actividad productiva, mejorar la confianza económica y garantizar la estabilidad del sistema financiero y del crecimiento del país. La efectividad de estos decretos y de otras medidas económicas serán muy complejas en un escenario de contracción, poca gobernabilidad y conflictividad social, que amenaza cualquier intento de sacar pronto a Bolivia de esta crisis.

DECRETO SUPREMO 5630 

Reprogramación y refinanciamiento de créditos 

1. Impacto sobre los indicadores de mora del sistema financiero Alivio temporal para la mora bancaria 

El DS 5630 permitirá contener el crecimiento de la mora porque los clientes  afectados podrán refinanciar o reprogramar sus créditos sin ser reclasificados  automáticamente como de mayor riesgo; además es voluntario. Esto reduce el  ingreso inmediato de operaciones a cartera vencida. Actualmente, el índice de  mora del sistema es de 2,9%, con una cobertura de previsiones cercana al 148%  y un CAP del 14,9%, indicadores que muestran una posición todavía sólida. Sin  embargo, el decreto no elimina el riesgo crediticio, sino que traslada parte del  problema hacia adelante. Si la recuperación económica es lenta, podría  observarse un incremento gradual de la mora durante 2027. 

2. ¿Existe riesgo de cuotas más elevadas tras el período de gracia? Sí, aunque dependerá del esquema negociado 

Existe ese riesgo, pero no necesariamente ocurrirá en todos los casos. El decreto  establece que los intereses y demás cargos acumulados durante el período de  gracia deberán ser cobrados posteriormente y podrán prorratearse en las cuotas  futuras o extenderse el plazo del crédito. Si el plazo apenas se amplía, las cuotas  aumentarán; si se amplía suficientemente, el incremento será menor. El aspecto  positivo es que el DS mantiene la tasa originalmente pactada, salvo que el  cliente negocie una más favorable, evitando un encarecimiento financiero  adicional. 

3. Costo para el sector financiero 

Mayor presión sobre rentabilidad y liquidez 

El sistema financiero ya había absorbido medidas extraordinarias durante el  año, por lo que este nuevo alivio genera costos adicionales. Las entidades  deberán diferir ingresos financieros, asumir gastos administrativos y cubrir  gratuitamente los costos de las adendas contractuales. Aunque el sistema  mantiene utilidades superiores a Bs. 1.300 millones a abril 2026 y activos  líquidos cercanos a Bs. 87.000 millones, una aplicación masiva reduciría  temporalmente la rentabilidad y aumentaría las necesidades de gestión de  liquidez. El impacto sería mayor en entidades con elevada exposición a sectores  afectados por bloqueos, por ejemplo, las microfinancieras. 

4. Capacidad operativa y efecto sobre la cartera 

Existe capacidad, pero con mayores desafíos operativos 

Las entidades cuentan con infraestructura suficiente para atender un alto  volumen de solicitudes y el propio decreto autoriza el uso de herramientas  digitales. Sin embargo, procesar miles de evaluaciones individuales implica 

mayores costos operativos y tiempos de análisis. El sistema atiende a cerca de  1,93 millones de prestatarios y posee una amplia red nacional, por lo que el reto  principal será administrativo y no de capacidad instalada. En términos de  cartera, la medida mejorará la calidad estadística de corto plazo, aunque  prolongará la recuperación efectiva de algunos créditos. 

DECRETO SUPREMO 5629 

Importación excepcional de solventes 

1. ¿Qué problema intenta resolver? 

Reducir riesgos de desabastecimiento industrial 

El decreto autoriza excepcionalmente hasta diciembre de 2026 la importación  de solventes para consumo propio mediante cisternas, tambores y envases  menores. La medida responde a dificultades logísticas y restricciones de  abastecimiento que enfrentan diversos sectores industriales. Su objetivo es  evitar interrupciones productivas y flexibilizar el acceso a insumos esenciales,  manteniendo los requisitos técnicos y legales ya existentes. En un contexto de  limitaciones en la provisión de hidrocarburos y derivados, la norma busca  reducir cuellos de botella para la producción nacional. 

2. Efecto sobre la producción empresarial 

Podría reducir costos de paralización 

Los principales beneficiarios serán industrias químicas, manufactureras,  mineras, agroindustriales y otros sectores que utilizan solventes en sus  procesos. La posibilidad de importar directamente mejora la continuidad  operativa y disminuye riesgos de interrupciones productivas. También permite  mayor flexibilidad logística y una mejor planificación de inventarios. Aunque el  decreto no resolverá completamente los problemas energéticos del país, sí puede  contribuir a sostener niveles de producción, empleo y exportaciones en sectores  estratégicos. La efectividad de este DS dependerá también que durante el resto  de la gestión no se repitan nuevamente un bloqueo de carreteras. 

DECRETO SUPREMO 5628 

Aporte solidario del Presidente y Ministros 

1. Impacto financiero real en salud 

El impacto presupuestario será reducido 

El decreto establece que el Presidente y los ministros aportarán voluntariamente  el 50% de su salario líquido a programas de salud. Aunque el mensaje político  es importante, el impacto financiero (fiscal) será muy limitado. Considerando  aproximadamente 17 altas autoridades, el aporte anual probablemente  represente algunos millones de bolivianos (menos de 20mmbs), una cifra  pequeña frente al presupuesto del sector salud, que se mide en miles de  millones, y que representa en teoría el 10% del PGE. Su principal utilidad será  financiar programas específicos o proyectos puntuales más que resolver  problemas estructurales del sistema sanitario.

2. Transparencia en el destino de los recursos 

La rendición pública será fundamental 

El decreto crea una libreta específica denominada "Aporte Voluntario Solidario",  de carácter público y auditable. Para fortalecer la credibilidad, deberían  publicarse periódicamente los montos recaudados, proyectos financiados,  criterios de asignación y resultados obtenidos. Auditorías independientes y  reportes trimestrales aumentarían la confianza ciudadana. La transparencia  será tan importante como el monto recaudado, ya que permitirá verificar el  cumplimiento efectivo del objetivo social; aunque su impacto puede ser limitado  ya que el aporte es “voluntario”. 

3. ¿Es austeridad o una medida simbólica? 

Es principalmente una señal política de austeridad 

Desde el punto de vista fiscal, el ahorro es reducido y no modifica  significativamente las cuentas públicas; por ejemplo, según el MEFP el gasto  diario del sector público supera los 200mmbs diarios. Sin embargo, tiene un  valor simbólico importante al transmitir un mensaje de solidaridad y  compromiso en un contexto económico complejo. En términos estrictamente  económicos, la reducción del déficit fiscal requiere medidas mucho más amplias  relacionadas con subsidios, empresas públicas, gasto corriente e inversión  pública. Por ello, puede considerarse una medida de austeridad simbólica con  impacto financiero muy limitado. 

4. ¿Abre la puerta para otros sectores del Gobierno? 

Sí, aunque dependerá de la voluntad política 

El carácter voluntario del aporte permite que otras autoridades, empresas  públicas y altos funcionarios adopten mecanismos similares. Incluso podría  incentivar campañas de aportes solidarios en otras instituciones estatales. No  obstante, extender este esquema de forma obligatoria sería jurídicamente  complejo y podría generar controversias laborales. Su mayor potencial radica  en convertirse en un ejemplo institucional de responsabilidad fiscal y  compromiso social. 

5. Si el problema no son los salarios, ¿qué ajustes económicos siguen  siendo necesarios? 

El desafío fiscal requiere reformas estructurales 

La evidencia muestra que el principal problema del gasto público boliviano no  está en los salarios de las máximas autoridades. Las medidas más relevantes  incluyen una mejor focalización de subsidios, mayor eficiencia de empresas  públicas, reducción de gastos administrativos innecesarios, priorización de  inversión pública rentable, fortalecimiento de la recaudación tributaria y una  estrategia gradual para disminuir el déficit fiscal. También será importante  impulsar exportaciones, atraer inversión privada y recuperar reservas  internacionales. El recorte salarial tiene valor político, pero la sostenibilidad  fiscal dependerá de reformas estructurales de mayor alcance. 

Todo lo anterior se vuelve muy difícil de lograr en una economía recesiva, con  problemas serios de gobernabilidad, donde estos 40 días de bloqueo han  profundizado los desequilibrios fiscales, monetarios y hasta sociales de Bolivia.

Conclusión general 

Los tres decretos buscan atender problemas inmediatos derivados de la  coyuntura económica y social. El DS 5630 procura evitar un deterioro abrupto  de la cartera bancaria y proteger a los deudores afectados, aunque traslada  parte del riesgo hacia el futuro. El DS 5629 intenta reducir restricciones  productivas mediante una mayor flexibilidad en la importación de solventes,  apoyando a la industria nacional. Finalmente, el DS 5628 constituye una señal  de austeridad y solidaridad con impacto fiscal muy limitado, pero que podría  fortalecer la legitimidad de futuras medidas de ajuste más profundas.  

En conjunto, son medidas de relativa estabilización de corto plazo que deberán  complementarse con políticas estructurales para consolidar la estabilidad  financiera y el crecimiento económico de Bolivia, en un escenario muy complejo  por factores externos e internos que no son de control del Gobierno Nacional.

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