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Elecciones: Multas llegan hasta el 50% para jurados y notarios

El TSE aprobó la resolución en la que estableció el monto de las multas y sanciones para quienes infrinjan y no participen en el proceso electoral. 

12/01/2020 22:30

La Paz - Bolivia

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La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) aprobó la Resolución TSE-RSP-ADM 011/2020, en la que estableció el monto de las multas pecuniarias y las sanciones que regirán durante el 2020, por las faltas electorales que puedan ser cometidas por jurados y notarios electorales, servidores públicos, organizaciones políticas y particulares.

La Resolución se emitió el 5 de enero, en el marco del mandato que les otorga la Ley 026 del Régimen Electoral, para que anualmente se fijen los montos de las multas en función del salario mínimo nacional, lo que serán aplicados en los procesos electorales o referendos que se desarrollen durante la gestión, según un boletín del TSE.

De acuerdo al documento publicado por el organismo electoral, para la fijación de los montos de las multas se consideró el bien jurídico, derechos afectados, recurrencia de las faltas, vigencia o aplicación, responsabilidad del sujeto que comete la falta, y proporcionalidad de la multa con la falta cometida.

 

Las multas y sanciones deberán ser aplicadas por los jueces electorales competentes, como parte de las atribuciones que les confiere la Ley 018 del Órgano Electoral Plurinacional.

Esas autoridades podrán convertir las multas establecidas en arrestos de hasta ocho horas o trabajo social, en caso de que el o los afectados incumplan la sanción pecuniaria.

Los montos de las multas establecidas por la comisión de faltas electorales son las siguientes, en base al salario mínimo nacional.

 

En el caso de los ciudadanos particulares, se procederá al descuento del 20% de un salario mínimo para aquellos ciudadanos que no se inscriban en el Padrón Electoral o se inscriban proporcionando datos incompletos. 

Para los jurados electorales, aquellos que no asistan sin justificación o abandonen la mesa de sufragio el día de la elección se descontará un 30%, 25% a quienes se ausenten de forma temporal y sin autorización del presidente de mesa. 50% a quienes se nieguen a firmar el acta electoral o consignar los resultados y las observaciones presentadas. 

Las sanciones de los notarios electorales abarcan que aquellos quienes inscriban a las personas en el Padrón Electoral Biométrico sin consignar los datos exigidos en el formulario de empadronamiento se descontará un 50%. 

25% a quienes no envíen de forma oportuna el Tribunal Electoral Departamental los formularios de empadronamiento de las personas inscritas para su incorporación en el Padrón Electoral Biométrico. 50% a quienes no asistan a la organización de los jurados de mesas de sufragio. 50% a quienes no apoyen la capacitación de los jurados de las mesas de sufragio. 50% a quienes se ausenten del recinto electoral a su cargo durante la jornada electoral. 

En el siguiente enlace podrá descargar la lista completa de las multas y sanciones del TSE.

 

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