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VUCE: Gobierno amplía 24 meses la digitalización de trámites de comercio exterior

La implementación será gradual y las entidades que todavía no están integradas tiene

Gobierno amplía la digitalización de trámites de comercio exterior. Foto de referencia AFP
Bolivia

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Importar o exportar en Bolivia implica realizar autorizaciones, certificaciones, permisos, licencias y otros procedimientos ante diferentes instituciones. El Gobierno busca que progresivamente estos trámites converjan en una sola plataforma electrónica: la Ventanilla Única de Comercio Exterior de Bolivia (VUCE).

El Decreto Supremo 5724, promulgado el 24 de septiembre de 2026, modifica el DS 5211 de 2024 y amplía por 24 meses adicionales el periodo destinado a implementar los trámites dentro de la VUCE.

1. ¿Qué es la VUCE?

La Ventanilla Única de Comercio Exterior de Bolivia es una plataforma electrónica creada en 2024 para concentrar los trámites vinculados con operaciones de comercio exterior.

La idea es que importadores, exportadores y otros operadores puedan realizar procedimientos requeridos por diferentes entidades públicas mediante un sistema integrado, reduciendo la dispersión de trámites.

El DS 5724 no crea una nueva plataforma. Amplía y modifica las reglas para continuar implementando la VUCE existente.

2. ¿Qué dispone exactamente el nuevo decreto?

El Gobierno amplió por 24 meses adicionales el periodo establecido originalmente para incorporar los trámites a la VUCE.

Durante ese tiempo, las entidades públicas emisoras deberán incorporar obligatoriamente los procedimientos que correspondan.

La incorporación no será simultánea para todas las instituciones.

Será gradual y sostenida, siguiendo un cronograma establecido por la entidad responsable de administrar la VUCE.

3. Entonces, ¿tengo que hacer todos mis trámites por la VUCE desde ahora?

El DS 5724 no señala que absolutamente todos los trámites migren a la plataforma el mismo día.

Cada procedimiento deberá incorporarse conforme al cronograma de implementación.

Por ello, durante este periodo podrán coexistir trámites ya incorporados a la VUCE con otros que todavía se encuentren en proceso de integración.

Antes de iniciar una operación, el usuario deberá verificar si el procedimiento específico que necesita ya fue incorporado a la plataforma.

4. ¿Qué tipo de trámites deberán incorporarse?

El decreto da una pista bastante amplia sobre el alcance.

Las entidades que todavía tengan procedimientos pendientes deberán informar, entre otros:

  •  Autorizaciones previas.
  •  Certificaciones.
  •  Permisos.
  •  Licencias.
  •  Declaraciones juradas.
  •  Otros requisitos y procedimientos relacionados con operaciones de comercio exterior.

Además, deberán proporcionar la normativa correspondiente.

Con esa información se elaborará un Programa de Implementación Gradual coordinada.

5. ¿Solo se incorporarán trámites?

El DS 5724 amplía el alcance de la plataforma para establecer que también integrará servicios e información vinculados a operaciones de comercio exterior.

La implementación de estos componentes se realizará de acuerdo con la reglamentación que emita la entidad administradora de la VUCE.

Esto implica que el objetivo no es solamente digitalizar formularios, sino avanzar hacia un sistema donde diferentes servicios e información puedan interactuar dentro del ecosistema de comercio exterior.

6. ¿Las instituciones podrán seguir funcionando con sistemas separados?

Podrán conservar sus sistemas, pero deberán realizar las adecuaciones necesarias para que estos puedan interoperar.

En términos sencillos, interoperabilidad significa que diferentes sistemas informáticos sean capaces de comunicarse e intercambiar información.

El decreto obliga a las entidades relacionadas con comercio exterior a adecuar su normativa y sus sistemas para permitir ese intercambio.

Y establece una novedad importante: no será necesario firmar convenios específicos entre las instituciones para efectuar esa interoperabilidad cuando corresponda al cumplimiento del decreto.

7. ¿Qué significa esto para un importador o exportador?

En la práctica, el objetivo es reducir la necesidad de interactuar separadamente con múltiples sistemas estatales para una misma operación.

Por ejemplo, una importación puede requerir permisos o certificaciones emitidos por distintas entidades dependiendo del producto.

Con una ventanilla única plenamente implementada, el objetivo es que esos procedimientos puedan gestionarse de manera integrada y que las instituciones intercambien la información necesaria.

8. ¿Qué pasa con las entidades que todavía no incorporaron sus trámites?

Tienen una obligación inmediata.

Las entidades públicas emisoras que todavía no hayan incorporado sus procedimientos a la VUCE tendrán 10 días hábiles después de la publicación del DS 5724 para enviar a la entidad administradora el listado de trámites pendientes.

Deberán reportar autorizaciones, certificaciones, permisos, licencias, declaraciones juradas, requisitos, procedimientos y la normativa relacionada.

Con ese inventario se establecerá el programa gradual de incorporación.

9. ¿Qué debe hacer la Aduana Nacional?

También tiene un plazo específico.

La Aduana Nacional tendrá 20 días hábiles, contados desde la publicación del decreto, para:

  •  Emitir la reglamentación administrativa específica.
  •  Modificar el cronograma de implementación gradual de la VUCE.

Ese cronograma será especialmente importante porque permitirá conocer qué procedimientos se incorporarán y en qué momento.


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