Juan Carlos Flores Bedregal era dirigente del Partido Obrero, desapareció el 17 de julio de 1980, durante el golpe de Estado del general Luis García Meza Tejada.
20/01/2023 18:03
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La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió una sentencia en contra del Estado Boliviano, responsabilizándolo por la desaparición forzada de Juan Carlos Flores durante el golpe de Estado de Luis García Meza.
Así mismo, afirma que el Estado tiene responsabilidad en la violación de los derechos a las garantías judiciales, acceso a la información, libertad personal, entre otros.
“La Corte Interamericana por unanimidad declaró, tres, el Estado es responsable por la desaparición forzada de Juan Carlos Flores Bedregal en violación de los derechos a reconocimiento de la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal y libertad personal”, señala un fragmento de la resolución de la Corte IDH.
Respecto al mismo caso, la CIDH también determinó responsabilidades por las violaciones a los derechos de: Olga Beatriz Flores Bedregal, Verónica Flores Bedregal, Eliana Isbelia Flores Bedregal y Lilian Teresa Flores Bedregal, hermanas del dirigente político Juan Carlos Flores Bedregal.
Las violaciones a sus derechos humanos, y atropellos en contra de sus integridades, habrían sido cometidos en el marco de los procesos judiciales, cuando las afectadas buscaban el esclarecimiento de los hechos acontecidos, durante la desaparición de su hermano.
El dirigente del Partido Obrero, Juan Carlos Flores Bedregal, desapareció el 17 de julio de 1980, cuando se gestó el golpe de Estado en Bolivia liderado por el general Luis García Meza Tejada.
En circunstancias cuando el dirigente político se encontraba en instalaciones de la Central Obrera Boliviana (COB), lugar que fue atacado por fuerzas militares y paramilitares. Hasta la fecha no se brindó información certera sobre el paradero del dirigente, así mismo, se desconoce la ubicación de sus restos.
Por lo que observó que en el caso: ‘a) existió una falta de la observancia de la diligencia debida respecto al desarrollo de la investigación y proceso penal; b) existió una demora excesiva e injustificada en la tramitación del proceso para investigar, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsables de los hechos; c) después de más de cuatro décadas desde el comienzo de la desaparición forzada de Juan Carlos Flores Bedregal, continúa pendiente el juzgamiento y eventual sanción de los responsables’, entre otros.
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