La norma establece nuevos límites para proteger el salario de trabajadores públicos y las rentas de los jubilados. El Decreto Supremo 5654 cambia las reglas de los descuentos por planilla en el sector público.
14/07/2026 12:50
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El Decreto Supremo 5654 establece nuevas reglas sobre los descuentos por planilla en las entidades públicas del nivel central del Estado y determina qué cobros dejarán de aplicarse de manera automática a los salarios de los trabajadores y a las rentas de los jubilados del Sistema de Reparto.
La norma, aprobada por el Gobierno, tiene como objetivo proteger los ingresos de los trabajadores, evitar descuentos discrecionales y garantizar que cualquier aporte adicional cuente con la autorización de cada persona.
¿Qué descuentos quedan eliminados?
Con la aplicación del Decreto Supremo 5654, las instituciones públicas deberán dejar sin efecto todos los descuentos por planilla que no estén incluidos dentro de las causales autorizadas por la nueva normativa.
Entre los descuentos que quedan eliminados se encuentran:
Retenciones o descuentos indirectos no autorizados: cualquier cobro que no tenga respaldo en las causales establecidas por el decreto deberá ser retirado de las planillas.
Cuotas o contribuciones destinadas a partidos políticos o agrupaciones: ya no podrán ser descontadas directamente del salario de los trabajadores.
Aportes sindicales obligatorios o automáticos: la norma deja sin efecto mecanismos que permitían este tipo de descuentos mediante planilla, incluyendo disposiciones anteriores como el Decreto Supremo 0106 relacionado con el magisterio.
El Gobierno aclaró que esta medida no elimina el derecho a la organización sindical ni la posibilidad de realizar aportes voluntarios, pero establece que estos deberán depender de la decisión expresa de cada trabajador.
Solo cinco descuentos podrán aplicarse a servidores públicos
El Decreto Supremo 5654 señala que las entidades públicas del nivel central únicamente podrán realizar descuentos por planilla por los siguientes conceptos:
Seguridad Social de Largo Plazo, establecidos en la Ley de Pensiones.
Faltas, atrasos y sanciones administrativas.
Régimen Complementario del Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA).
Retenciones judiciales por asistencia familiar.
Recuperaciones a favor del Estado por cobros indebidos.
Cualquier descuento diferente a estos conceptos deberá ser eliminado de las planillas salariales.
Cambios para los jubilados del Sistema de Reparto
La norma también establece límites para los descuentos aplicados a las rentas de los jubilados administrados por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR).
A partir del decreto, solo podrán realizarse deducciones por:
Seguridad Social de Corto Plazo.
Retenciones judiciales por asistencia familiar.
Recuperación de recursos a favor del Estado por cobros indebidos.
Descuentos establecidos mediante convenios con entidades públicas del nivel central.
Con esta disposición, el Gobierno busca que los trabajadores y jubilados mantengan mayor control sobre sus ingresos y que ningún descuento sea aplicado sin una base normativa o autorización correspondiente.
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