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¿Qué establece el Decreto 5654? Estos son los descuentos que seguirán por planilla

El Gobierno aprobó el Decreto Supremo 5654, que prohíbe las retenciones por planilla que no estén autorizadas por ley en las entidades públicas del nivel central. A partir de ahora, únicamente podrán descontarse aportes a la seguridad social, RC-IVA, faltas o sanciones administrativas, asistencia familiar y cobros indebidos a favor del Estado.

¿Qué establece el Decreto 5654 y a quiénes alcanza?. Foto archivo: ABI
La Paz, Bolivia

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El Gobierno aprobó el Decreto Supremo N° 5654, que establece nuevas reglas para la aplicación de descuentos, contribuciones y retenciones por planilla en los salarios de los servidores públicos del nivel central del Estado, con el objetivo de proteger los ingresos de los trabajadores y evitar deducciones que no estén respaldadas por la normativa vigente.

La norma señala que, a partir de su vigencia, las entidades e instituciones públicas del nivel central solo podrán efectuar descuentos por cinco conceptos específicos:

Recuperaciones a favor del Estado por cobros indebidos.

Retenciones judiciales por asistencia familiar.

Retenciones correspondientes al Régimen Complementario al IVA (RC-IVA).

Descuentos por faltas, atrasos y sanciones administrativas.

Aportes y contribuciones a la Seguridad Social de Largo Plazo, conforme a la Ley de Pensiones.

Asimismo, el decreto dispone que quedarán sin efecto todos los descuentos por planilla que no estén contemplados en esos cinco conceptos, con el propósito de evitar deducciones discrecionales y garantizar que los recursos de los trabajadores sean destinados a su subsistencia y la de sus familias.

Alcance para jubilados

La disposición también regula los descuentos aplicables a los jubilados del Sistema de Reparto, administrado por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR). En estos casos, únicamente podrán descontarse montos por:

Gobiernos subnacionales podrán adoptar la medida

Descuentos derivados de convenios con entidades públicas del nivel central.

Recuperación de recursos por cobros indebidos a favor del Estado.

Retenciones judiciales por asistencia familiar.

Seguridad Social de Corto Plazo.

El decreto establece además que las entidades territoriales autónomas, como gobernaciones y alcaldías, podrán aplicar estas mismas restricciones en los descuentos realizados a su personal, en el marco de sus competencias. Sin embargo, la norma no alcanza a las Fuerzas Armadas ni a la Policía Boliviana, que quedan expresamente exceptuadas.

Aportes voluntarios y derogación de normas

Otro aspecto relevante del Decreto Supremo 5654 es que los servidores públicos y jubilados que deseen realizar aportes voluntarios podrán hacerlo mediante una autorización individual, expresa, revocable y verificable para el débito de su cuenta bancaria, evitando que estos descuentos sean efectuados automáticamente por planilla.

La norma también abroga siete decretos supremos emitidos entre 1995 y 2009 y deroga parcialmente otros dos, con el fin de actualizar y unificar la regulación sobre descuentos por planilla en el sector público. El decreto fue promulgado el 13 de julio de 2026 por el presidente Rodrigo Paz Pereira y entra en vigencia desde su publicación.

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