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Amanecen en puertas del TED La Paz para presentar excusas de jurados

El Órgano Electoral habilitó la plataforma web https://plataforma-ciudadana.oep.org.bo donde los usuarios deberán crear una cuenta personal para presentar sus excusas de manera virtual.

22/07/2025 10:02

Foto: Oficinas del Tribunal Departamental Electoral de La Paz
La Paz

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Este martes, se evidenció que algunas personas amanecieron en puertas del Tribunal Departamental Electoral de La Paz, ubicado en la zona 20 de octubre, para realizar su trámite de excusarse a ser jurado electoral en las elecciones generales del 17 de agosto.

Algunos de los entrevistados indicaban que habían llegado muy temprano a las 6 de la mañana para estar primeros en la fila, siendo que la atención es desde las 8:30 hasta las 16:00 de forma continua hasta el domingo 27 de julio.

Además, el Órgano Electoral habilitó la plataforma web https://plataforma-ciudadana.oep.org.bo donde los usuarios deberán crear una cuenta personal para presentar sus excusas de manera virtual. Para facilitar el proceso el TSE elaboró un video tutorial disponible en sus redes sociales oficiales, con instrucciones paso a paso.

¿Quiénes pueden excusarse?

El reglamento establecido por el Órgano Electoral Plurinacional (OEP) y el Reglamento de las Elecciones Generales 2025 establece estas causales para que un ciudadano sorteado como jurado, pueda excusarse.

1. Enfermedad: El ciudadano debe presentar alguno de los siguientes documentos: certificado médico o baja médica emitida por su seguro de salud, certificado médico en formulario autorizado por el Ministerio de Salud (para trabajadores independientes), certificación de centros de salud (en zonas rurales) o certificado médico del país de residencia (para ciudadanos en el exterior).

2. Embarazo: Se admite como respaldo el certificado médico o fotocopia del certificado de atención prenatal.

3. Fuerza mayor: En caso de desastres naturales se puede presentar una fotocopia de publicaciones de prensa local o certificación emitida por autoridad pública.

4. Caso fortuito que incluye accidente, viajes o cambio de destino laboral: Certificado médico (en caso de accidente), fotocopia de pasajes (viajes fuera del país o del departamento) o certificado de autoridad competente o superior jerárquico (por cambio laboral).

5. Dirigencia política: Los dirigentes de organizaciones políticas deben presentar un certificado emitido por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) o departamental.

6. Candidaturas: Los postulantes deben presentar el certificado del TSE o TED, y/o fotocopia del formulario de inscripción o publicación en medios de comunicación.

7. Servicios esenciales: Se refiere al personal médico de emergencia y trabajadores de medios de comunicación. Éstos deben presentar un certificado de trabajo que indique que prestarán servicios el día de la elección.

8. Personas mayores de 60 años: Deben presentar una fotocopia simple de la cédula de identidad.

9. Dependencia de personas con discapacidad o enfermedades incapacitantes: El jurado debe presentar los documentos que acrediten la condición de la persona dependiente. Prueba del vínculo entre el jurado y la persona bajo su cuidado.

10. Cuidado de menores lactantes (hasta 2 años): Se debe presentar una fotocopia simple del certificado de nacimiento del menor.

 

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