El MAS es el partido con más sustituciones con 364 cambios y la Fuerza del Pueblo el que menos sustituciones realizó con 28 cambios.
13/07/2025 12:20
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En cumplimiento de la Actividad N°45 del calendario electoral rumbo a las elecciones generales del 17 de agosto, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) publicó este domingo la lista oficial de candidaturas habilitadas tras procesos de sustitución por renuncia o inhabilitación.
Entre los casos más relevantes figura la alianza Libertad y Progreso, cuya fórmula presidencial fue modificada tras la inhabilitación de Paulo César Rodríguez Folster, quien no cumplió con los requisitos establecidos por ley. En su lugar, fue habilitado como candidato presidencial Pavel Antonio Aracena Vargas. Asimismo, el postulante a la vicepresidencia, Antonio Víctor Isaac Saravia Tapia, presentó su renuncia y fue sustituido por Víctor Hugo Sergio Núñez del Prado Salmón.
Por su parte, en el Movimiento Al Socialismo (MAS), el presidente Luis Arce Catacora, quien había sido inscrito como candidato a primer senador por La Paz, renunció a su postulación. En su reemplazo, se habilitó a Eloy Sirpa Cahuapaza.
En la alianza La Fuerza del Pueblo, se informó la inhabilitación del candidato a la vicepresidencia Felipe Quispe, debido a una supuesta deuda con el Estado. La organización política no presentó un sustituto, por lo que la candidatura quedó incompleta.
El TSE también detalló el número total de sustituciones por organización política, destacando el volumen de ajustes en varias alianzas y partidos. El MAS es el partido con más sustituciones y la Fuerza del Pueblo el que menos sustituciones realizó.
Movimiento Al Socialismo (MAS): 364 sustituciones
Alianza Popular: 344
Partido Demócrata Cristiano (PDC): 296
Autonomía Para Bolivia – Súmate: 167
Movimiento de Renovación Nacional (MORENA): 142
Libertad y Democracia: 136
Alianza Unidad: 111
Fuerza del Pueblo: 28
Libertad y Progreso – ADN: 64
Con esta actualización, el proceso electoral entra en su fase decisiva. El TSE recordó que las sustituciones solo pueden realizarse en casos de fallecimiento, renuncia o inhabilitación, según lo establecido en la Ley del Régimen Electoral, y garantizó transparencia e imparcialidad en el cumplimiento del cronograma.
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