El Decreto Supremo 5683 eleva de hasta Bs 1.000 millones a Bs 2.000 millones el monto que el TGN puede asignar a YPFB para cubrir el diferencial entre el costo de importación y el precio establecido para los combustibles.
27/08/2026 18:55
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El Gobierno del presidente Rodrigo Paz Pereira promulgó este jueves 27 de agosto el Decreto Supremo N.º 5683, mediante el cual amplía de hasta Bs 1.000 millones a Bs 2.000 millones el monto que el Tesoro General de la Nación (TGN) podrá asignar a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) para cubrir diferencias vinculadas a la importación de hidrocarburos.
La nueva disposición modifica el Decreto Supremo 5652, promulgado el 9 de julio de 2026, que había autorizado inicialmente recursos de hasta Bs 1.000 millones para cubrir el diferencial entre los costos de importación y el precio preterminal o de paridad de importación del petróleo crudo.
Nuevo techo llega a Bs 2.000 millones
El artículo único del Decreto 5683 establece expresamente que el monto autorizado pasa a ser de:
“Hasta Bs2.000.000.000 (DOS MIL MILLONES 00/100 BOLIVIANOS)”.
La medida no significa necesariamente que los Bs 2.000 millones sean desembolsados de manera inmediata, sino que eleva el límite máximo de recursos que pueden asignarse, sujeto a disponibilidad financiera del TGN, conforme al mecanismo establecido previamente.
Gobierno apunta a garantizar combustibles
En la parte considerativa del decreto, el Ejecutivo señala que la medida responde a la coyuntura económica actual y a la necesidad de mantener las acciones de estabilización de los precios de los productos derivados del petróleo.
El documento sostiene que es necesario ampliar los recursos destinados a YPFB para contar con fondos suficientes y “garantizar el abastecimiento de los combustibles en todo el territorio nacional”.
Recursos cubrirán diferencial de importación
El Decreto 5683 mantiene el mecanismo establecido en julio, mediante el cual el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del TGN, puede entregar recursos a YPFB de acuerdo con su disponibilidad financiera.
Estos fondos están destinados a cubrir el diferencial existente entre los costos de importación y el precio preterminal o precio de paridad de importación del petróleo crudo, conforme a la metodología vigente.
El Ejecutivo fundamenta además la medida en la política estatal de hidrocarburos y en la obligación de garantizar la soberanía energética del país.
Decreto se promulga en medio del debate por el diésel
La nueva disposición aparece en un escenario marcado por cuestionamientos y negociaciones entre el Gobierno y diferentes sectores respecto a los precios y el abastecimiento de combustibles.
El Decreto 5683, sin embargo, no modifica directamente el precio del diésel ni de la gasolina. Su artículo único está concentrado en ampliar el monto autorizado para respaldar financieramente la importación y estabilización de combustibles.
Economía e Hidrocarburos deberán ejecutar la norma
El decreto dispone que los ministros de Economía y Finanzas Públicas y de Hidrocarburos y Energías sean responsables de su ejecución y cumplimiento.
La norma fue emitida en el Palacio de Gobierno el 27 de agosto de 2026 y lleva la firma del presidente Rodrigo Paz Pereira y de los ministros de Estado.
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