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Senado aprueba proyecto de ley que prohíbe la ratificación de ministros censurados por la Asamblea Legislativa

Esta iniciativa legislativa surge como respuesta a episodios recientes en los que ministros censurados por el Parlamento fueron restituidos en los mismos cargos por decisión del Ejecutivo.

09/07/2025 19:22

Foto: Senado aprueba proyecto de ley que prohíbe la ratificación de ministros censurados por la Asamblea Legislativa
La Paz

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El pleno de la Cámara de Senadores, aprobó este miércoles un proyecto de ley que prohíbe al presidente o presidenta del Estado ratificar en el mismo cargo a un ministro o ministra que haya sido censurado por la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) mediante el mecanismo de interpelación.

La norma modifica la Ley N.º 1350, de fecha 16 de septiembre de 2020, con el objetivo de reforzar los efectos vinculantes de la censura parlamentaria y evitar que esta figura se vea debilitada por decisiones posteriores del Ejecutivo. El proyecto de ley incorpora los parámetros fijados en la Sentencia Constitucional 0023/2023 del 5 de abril, que establece límites claros al accionar del Órgano Ejecutivo en estos casos.

Uno de los artículos centrales de la norma establece que, una vez que una autoridad ministerial haya sido censurada, el o la presidente de Bolivia deberá proceder a su destitución en un plazo máximo de 24 horas desde que se tenga conocimiento formal del hecho, mediante la emisión de un decreto presidencial.

Además, se incorpora una cláusula que impide su retorno inmediato a la misma cartera:

“La presidenta o el presidente del Estado no podrá designar en la misma cartera de Estado como ministra o ministro a la ciudadana o ciudadano que hubiera sido censurada o censurado por la Asamblea Legislativa Plurinacional”.

Esta iniciativa legislativa surge como respuesta a episodios recientes en los que ministros censurados por el Parlamento fueron restituidos en los mismos cargos por decisión del Ejecutivo.

El proyecto fue aprobado por el Senado en sus estaciones en grande y detalle y fue remitido a la Cámara de Diputados para su análisis y tratamiento. En caso de aprobarse en la Cámara baja, la norma pasará al Órgano Ejecutivo para su promulgación.

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