Para retirar sus aportes, primero debe verificar si esta habilitado para ello. Ingrese a los portales de AFP Futuro y BBVA.
06/10/2021 14:07
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La devolución de aportes de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) comenzó este miércoles 6 de octubre. El primer grupo beneficiario es el correspondiente a los mayores de 50 años que cuentan con un ahorro de hasta 10 mil bolivianos.
Notivisión hizo un recorrido por las dos oficinas ubicadas en Santa Cruz, donde se evidenció largas filas de personas en espera de realizar su retiro correspondientes de aportaciones, según el marco legal.
Para retirar sus aportes, primero debe verificar si esta habilitado para ello. Ingrese a los portales de AFP Futuro y BBVA: devoluciones.afp-futuro.com y previsión.com.bo
Conozca las 7 claves sobre este beneficio nacional.
1.- La propuesta de devolución de aportes a las AFP
El presidente Luis Arce envió a la Asamblea Legislativa Plurinacional el proyecto de Ley 078/2020-2021, que establece de manera excepcional y por única vez la devolución parcial o total de Aportes efectuados a las Administradoras de Fondos de Pensiones.
La medida fue asumida ante la crisis provocada por la pandemia del COVID-19 y en beneficio de muchas personas perdieron su fuente de empleo.
2.- Devolución por única vez
La Ley de Devolución Parcial o Total de Aportes es una medida aprobada para poder cubrir las necesidades ocasionadas por la pandemia COVID-19 y reactivar la economía de las y los Asegurados al Sistema Integral de Pensiones (SIP).
Según información oficial del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, la devolución de aportes podrá llegar a 1,4 millones de asegurados en el país. Tendrá vigencia de 90 días calendario, y será efectuada mediante las ventanillas de las entidades financieras o abono en cuenta.
3.- Desventajas tiene retirar los aportes
La Cartera de Estado da a conocer que a si el asegurado decide acogerse a la devolución parcial o total de aportes tiene que tomar en cuenta que puede poner en riesgo la posibilidad de beneficiarse de una pensión de vejez o pensión solidaria de vejez, ya que posiblemente no cuente con el número de aportes requeridos para acceder a una prestación vitalicia y, en consecuncia, no tendrá el correspondiente acceso al seguro de salud.
4.- Los requisitos para acceder a la devolución
Los requisitos para acceder a la devolución son tres:
No percibir un beneficio del Sistema Integral de Pensiones en curso de pago como la Pensión de Vejez, Pensión Solidaria de Vejez o Pensión por Invalidez o Muerte.
No estar percibiendo un ingreso del sector público o privado al último día calendario del mes anterior de promulgada la Ley.
No haber hecho Aportes desde diciembre de 2019 como dependientes del sector público.
5.- Las fuentes de financiamiento que cubrirán la devolución
El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas dio a conocer que las fuentes de financiamiento que cubrirán la devolución son la disponibilidad acumulada (liquidez) que mantienen las AFP, los vencimientos de la Cartera de Inversiones y la recaudación mensual del Sistema Integral de Pensiones (SIP).
“Estas fuentes no comprometerán los recursos de los trabajadores, que actualmente están percibiendo rendimientos de las inversiones realizadas y tampoco afectará la sostenibilidad del Sistema de Pensiones, ni pondrá en riesgo los fondos administrados por las AFP”, se lee en el documento “Respuestas a dudas sobre la Devolución de Aportes a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP)” difundido por esta Cartera de Estado.
6.- ¿A quiénes se hará la devolución?
Se tiene tres modalidades de devolución de aportes:
Devolución total del 100% para Asegurados que cuentan con 50 años de edad o más y tengan como saldo en su Cuenta Personal Previsional (CPP) un monto igual o menor a Bs 10.000.
Devolución parcial de hasta del 15% para Asegurados que tengan como saldo en su Cuenta Personal (CPP) un monto igual o menor a Bs 100.000, independientemente de su edad.
Devolución parcial de hasta Bs 15.000 para Asegurados que tengan como saldo en su Cuenta Personal Previsional (CPP) un monto mayor a Bs 100 mil, independientemente de su edad.
7.- ¿A quiénes se excluye?
Se exceptúa la devolución parcial o total de aportes a las personas que cuenten con una prestación o beneficio de la Seguridad Social de Largo Plazo al 31 de agosto de 2021, como asegurado derechohabiente.
A quienes hayan solicitado una prestación o beneficio de la Seguridad Social de Largo Plazo, como asegurado o derechohabiente. A las personas que al 31 de agosto de 2021 tengan 58 años o más de edad y cuenten con al menos 10 años de aportes a la Seguridad Social de Largo Plazo.
A quienes hayan percibido una remuneración del sector público o privado correspondiente al mes de julio de 2021, pagando en agosto de este año, independientemente del tipo de asegurado incorporado al SIP.
A los que tengan ocho o más aportes acreditados al 31 de agosto de 2021 por los periodos de cotización de marzo de 2020 en adelante, independientemente del tipo de asegurado incorporado al SIP.
A los que hubieran efectuado aportes como dependientes de entidades o empresas del sector público a partir de diciembre de 2019.
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