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Conozca los detalles sobre la devolución de aportes AFP que inicia el 5 de octubre

Dos modalidades serán habilitadas para el retiro de AFP, de manera física en entidades financieras y el abono a cuenta bancaria, informó la directora General de Pensiones, Patricia Mirabal.

16/09/2021 23:40

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La Directora General de Pensiones del Ministerio de Economía, Patricia Mirabal, detalló este jueves, en una entrevista realizada en el programa Que No Me Pierda, aspectos relevantes sobre la devolución de aportes AFP, entre los cuales se encuentra las dos modalidades de retiro económico, de forma física a través de entidades financieras y abono a cuenta bancaria.

La autoridad afirmó que la devolución inicia el 5 de octubre, y tendrá vigencia por el plazo de 90 días. Las personas que decidan retirar sus aportes deben tomar en cuenta, que cuando mejoren sus condiciones laborales tendrán que realizar la devolución del dinero.

“Las administradoras de Fondos de Pensiones dentro de la regulación que va a sacar la APS, va a determinar que puedan hacer consultas las personas que puedan estar habilitadas o no. Existirá información en los medios de circulación nacional, orales, escritas, también van a estar páginas web, de las dos administradoras de pensiones, se va hacer publicaciones a través de redes sociales”, aseveró Mirabal.

Quienes pueden retirar sus aportes: Las personas que tengan hasta o más de Bs. 100.000 en sus cuentas personales, pueden retirar el 15%; Los que tengan Bs. 10.000 y más de 50 años podrán retirar el 100% de su dinero.

Quienes no pueden retirar sus aportes: Quienes cuenten con una prestación o beneficio en curso de pago al 31 de agosto de 2021, de la Seguridad Social de Largo Plazo como asegurado o derechohabiente; Quienes tengan una edad de 58 años o más al 31 de agosto de 2021 y una densidad de aportes igual o mayor a 120 periodos apostados; Quienes hayan recibido una remuneración del sector Público o Privado a julio de 2021; Quienes tengan 8 aportes o más acreditados al 31 de agosto; Quienes hubieran efectuado aportes como dependientes de entidades o empresas del sector público a partir de diciembre de 2019 a julio de 2021.

Otros de los aspectos que se deben tomar en cuenta son: ¿Qué pasa si un asegurado fallece tras retirar sus aportes?, la norma establece que sus derechohabientes, pueden solicitar el acceso a la prestación o beneficio del Sistema Integral de Pensiones que le corresponda.

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