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OEP: El rol importante que cumplen los notarios en el proceso electoral

Las notarias y notarios tienen la responsabilidad de extremar todos los esfuerzos necesarios para la notificación a las juradas y jurados electorales que estén a su cargo

08/10/2020 17:54

Bolivia

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En las Elecciones Generales 2020, las bolivianas y bolivianos emitirán su voto para elegir Presidenta o Presidente, Vicepresidenta o Vicepresidente; senadoras y senadores, diputadas y diputados plurinominales, uninominales y especiales; además de nueve representantes ante organismos parlamentarios supraestatales. En los asientos ubicados en el exterior las bolivianas y bolivianos emitirán su voto para elegir Presidenta o Presidente, Vicepresidenta o Vicepresidente.

Notarios Electorales participan en el proceso de manera activa, asumen la responsabilidad en diferentes ámbitos: la capacitación a jurados antes de la jornada de votación, la custodia de material electoral, la seguridad sanitaria de los votantes, la fotografía del acta para su envío al sistema de Difusión de Resultados Preliminares (DIREPRE), la devolución del material electoral, entre otros.

Actualmente, los Notarios Electorales desarrollan la capacitación de jurados en sus localidades. Ella será presencial, con refuerzo virtual y programas especiales que serán difundidos por medios de comunicación.

Atribuciones de notarias y notarios electorales

(Ley N° 18 del Órgano Electoral Plurinacional, Art. 69)

1. Apoyar logísticamente a las autoridades electorales competentes en los procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato.

2. Dar fe de los actos electorales conforme a lo establecido en la ley y en el reglamento expedido por el Tribunal Supremo Electoral.

3. Denunciar ante las autoridades competentes las violaciones a la ley, deficiencias o irregularidades observadas en los procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato.

4. Asistir a la organización de los jurados de mesas de sufragio, y apoyar en la capacitación e información electoral.

5. Entregar personal y oportunamente al Presidente de cada mesa de sufragio el material electoral recibido del Tribunal Electoral Departamental.

6. Recoger de los jurados electorales los sobres de seguridad y el material electoral, y entregarlos al Tribunal Electoral Departamental.

7. Atender el día de la votación las reclamaciones de las electoras y los electores que invoquen su indebida inhabilitación de la lista índice.

8. Remitir a los Tribunales Electorales Departamentales los informes y documentos determinados por Ley.

9. Otras establecidas en el Reglamento.

Otras atribuciones

(Reglamento Elecciones Generales 2020. Art. 20)

a) Brindar asistencia, información y capacitación a los jurados electorales.

b) Designar nuevos jurados electorales en aquellos casos en que por falta de quórum no se hubiera instalado la mesa de sufragio hasta las nueve de la mañana. Las nuevas autoridades de la mesa de sufragio serán designadas de entre los ciudadanos inscritos y presentes en la mesa.

c) Designar a nuevo jurado electoral el día de la votación, cuando en la lista de jurados electorales se encuentren dirigentes de organizaciones políticas, candidatas o candidatos.

d) Proceder a la cancelación del estipendio a los jurados electorales y entregar la planilla de pago firmada al Tribunal Electoral Departamental correspondiente. La cancelación de estipendios se lo realizará en moneda fraccionada o en sobres en un momento determinado de la jornada electoral establecido por cada TED.

e) Atender los reclamos de los ciudadanos que se consideren indebidamente inhabilitados, procediendo en el marco de sus atribuciones, que se limitan a informar al Tribunal Electoral Departamental sobre los reclamos recibidos y guiar al ciudadano sobre los pasos a seguir para regularizar su habilitación y extender, si corresponde, el certificado de exención.

f) Guiar a los ciudadanos en la ubicación de sus mesas en los recintos electorales.

g) Recibir, custodiar y entregar el material electoral para el día de la elección, y efectuar la devolución del mismo al Tribunal Electoral Departamental, bajo condiciones de seguridad.

Es importante que las notarias y notarios electorales cumplan los procedimientos y protocolos de bioseguridad y cadena de custodia establecidos para este proceso electoral.

Descarga la guía para notarios electorales acá abajo:

Guia_Notarios_Nacional_EG_2020.pdf

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