La Resolución de Directorio N.º 117/2026 establece que el Banco Central de Bolivia podrá operar mediante compras y ventas directas o subastas de dólares, con el objetivo de mitigar fluctuaciones cambiarias y acumular reservas internacionales.
30/07/2026 20:34
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El Banco Central de Bolivia (BCB) aprobó el Reglamento de Compra y Venta de Dólares Estadounidenses, mediante la Resolución de Directorio N.º 117/2026, emitida el 30 de julio de 2026.
La norma regula los procedimientos para que el ente emisor compre y venda dólares estadounidenses a las Entidades de Intermediación Financiera (EIF), en el marco del nuevo régimen cambiario flexible establecido por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
Objetivo de la medida
De acuerdo con el documento, el BCB realizará operaciones de compra y venta de dólares con el propósito de mitigar fluctuaciones no deseadas en el mercado cambiario y/o acumular reservas internacionales, sin inducir a un nivel específico del Tipo de Cambio Oficial (TCO).
La resolución aclara que las operaciones podrán realizarse bajo dos modalidades: operaciones directas y subastas.
Quiénes podrán participar
Podrán participar las entidades financieras que mantengan una cuenta corriente y de encaje, o una cuenta de encaje en el BCB. Estas operaciones podrán hacerse por cuenta propia o por cuenta de terceros.
El reglamento también establece que el tipo de cambio deberá expresarse en bolivianos por dólar estadounidense, con dos decimales.
Compra y venta directa
En la modalidad directa, la Gerencia de Operaciones Internacionales del BCB comunicará a las entidades financieras, hasta las 08:30 del día de la operación, el monto de dólares a comprar o vender, el tipo de cambio y el horario de recepción de propuestas.
En caso de compra de dólares por parte del BCB, las entidades adjudicadas deberán transferir los dólares hasta las 15:00 mediante acreditación a una cuenta del BCB en el exterior o depósito en efectivo en sus bóvedas.
Para la venta de dólares, el BCB debitará los recursos equivalentes en bolivianos de las cuentas de las entidades adjudicadas y acreditará los dólares correspondientes.
Subasta electrónica de divisas
El reglamento también habilita un sistema de subasta electrónica de dólares, que tendrá dos etapas: una de orientación y otra de magnitud.
En la primera fase, las entidades ingresarán solicitudes de demanda u oferta al tipo de cambio base definido por el BCB. En la segunda, podrán realizar nuevas solicitudes según exista exceso de demanda u oferta en el mercado.
El tipo de cambio de adjudicación será el precio uniforme resultante de la subasta.
Sanción por falta de fondos
La norma establece que, si una entidad financiera no cuenta con los recursos necesarios en moneda nacional o dólares hasta las 15:00 del día de la adjudicación, la operación quedará sin efecto.
Además, esa entidad será suspendida por 90 días calendario de las operaciones de compra y venta de dólares del BCB.
Resultados serán públicos
Los resultados de las operaciones de compra y venta de dólares serán difundidos el mismo día de la adjudicación mediante la página web institucional del Banco Central de Bolivia.
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