La Comisión tomó en cuenta la importancia de las instituciones nacionales de derechos humanos, como las Defensorías del Pueblo.
27/12/2019 21:03
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La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el 25 de diciembre de 2019 su Resolución 67/2019, mediante la cual otorgó medidas cautelares a favor de Nadia Alejandra Cruz Tarifa, Defensora del Pueblo, y Nelson Marcelo Cox Mayorga, Delegado Departamental Defensorial de Cochabamba. Lo mismo sucedió con la alcaldesa de Vinto, Patricia Arce y sus hijos.
Según la solicitud, las oficinas de la Defensoría del Pueblo, particularmente en La Paz y Cochabamba, fueron objeto de intentos de tomas o cierres a mano de terceras personas, lo que ha implicado serios obstáculos e impedimentos para que los funcionarios que trabajan en tales oficinas pudiesen realizar sus labores debidamente y que personas que buscan ser atendidas por la Defensoría pudiesen acercarse o ingresar con normalidad.
"En el análisis del presente asunto, la Comisión tomó en cuenta la importancia de las instituciones nacionales de derechos humanos, como las Defensorías del Pueblo, en su rol crucial en la observancia y respeto de los derechos humanos en las Américas y en sus respectivos países", explican en la nota de prensa difundida hoy por la OEA.
Según este documento, "la Comisión identifica con especial preocupación los alegados hechos de en la oficina de La Paz y Cochabamba en que, durante las manifestaciones, se habría recurrido a 'reacciones verbales con tono agresivo', con gritos considerados 'infamantes a funcionarios de la institución'", buscando generar afinidad política-partidaria de la institución defensorial.
En el caso de Patricia Arce, de acuerdo con el artículo 25 del Reglamento de la CIDH, se solicitó a Bolivia que: adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal de Maria Patricia Arce Guzmán, y sus hijos, incluyendo la protección a sus derechos en relación con actos de riesgo atribuibles a terceros; concierte las medidas a implementarse con la beneficiaria y sus representantes; e informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los presuntos hechos que dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar y evitar así su repetición.
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