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Lima asegura que sentencia del TCP que avaló sucesión constitucional de Áñez no tiene valor legal

El ministro de Justicia manifestó que la sentencia del TCP se basa en el texto constitucional abrogado por la CPE de 2009

16/03/2021 21:35

La Paz, Bolivia

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El ministro de Justicia, Iván Lima, desconoció la validez del comunicado del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que avaló la sucesión constitucional de la presidenta Jeanine Áñez en noviembre de 2019, porque no tiene "fuerza vinculante".

“Nunca existió una sentencia, una declaración o una resolución, hubo un comunicado y lo que dijo Petronilo Flores, en su condición de presidente (del TCP), es que el comunicado no era un acto de reconocimiento a la legalidad y constitucionalidad de la señora Jeanine Añez, ese comunicado no tiene firmas, además tiene la objeción de una magistrada (Georgina) Amusquivar, y no tiene el acuerdo de Sala Plena”, explicó Lima.

Antes que Añez se proclamara presidenta del Estado de Bolivia, el TCP dio su respaldo legal a la sucesión constitucional en el marco de la Sentencia Constitucional 0003/01 del 31 de julio de 200, que se sustenta en la “vacancia” del presidente.

El TCP se pronunció mediante un comunicado ante la grave situación política y social que vive el país y ante la renuncia del presidente, vicepresidente, así como de las presidencias de las Cámaras de Senadores y Diputados.

Señaló que la jurisprudencia constitucional que se encuentra en la Declaración Constitucional 0003/01, estableció en su “considerando III, apartado 111.3 que, frente a una sucesión constitucional, originada en la vacancia de la Presidencia de la República, ocasionada por la renuncia del jefe del Estado y no a un acto de proclamación, no requiriéndose de Ley, ni re Resolución congresal para que el vicepresidente asuma la Presidencia de la República”.

Asimismo, establece que “conforme al texto sentido de la Constitución, el vicepresidente asume ‘ipso facto’ la Presidencia de la República (…) cualquier entendimiento distinto podría atentar contra la inmediatez en la sucesión presidencial, prevista en el ordenamiento constitucional.

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