El Gobierno habilitó un nuevo apoyo económico para sectores vulnerables, con tres pagos de Bs 250 entre noviembre de 2026 y abril de 2027
01/11/2026 17:07
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Si tienes hijos que estudian en colegios fiscales o de convenio, recibes la Renta Dignidad sin contar con una pensión de jubilación, eres madre gestante o formas parte de alguno de los grupos establecidos por la normativa, podrías acceder al Bono PEPE II.
El beneficio fue creado mediante el Decreto Supremo N.º 5713, del 18 de septiembre de 2026, como una medida de apoyo económico temporal para personas y familias en situación de vulnerabilidad.
¿Cuánto dinero se recibirá?
El programa contempla un monto máximo acumulado de Bs 750 por beneficiario, distribuido en tres pagos bimestrales de Bs 250.
La entrega está prevista entre noviembre de 2026 y abril de 2027, de acuerdo con el cronograma establecido para cada grupo.
¿Quiénes pueden cobrar el Bono PEPE II?
La normativa identifica seis grupos de beneficiarios:
Mujeres gestantes inscritas en el Bono Juana Azurduy entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2026.
Personas con discapacidad visual que reciben el Bono Anual de Indigencia y personas con discapacidad grave o muy grave registradas en el sistema oficial hasta el 31 de agosto de 2026.
Adultos mayores que reciben la Renta Dignidad y no cuentan con una pensión o renta de la seguridad social de largo plazo.
Familias con estudiantes menores de edad matriculados en unidades educativas fiscales y de convenio, conforme a los registros y condiciones establecidos.
Niñas, niños y adolescentes que se encuentran en centros de acogida y casas cuna.
Menores de edad que permanecen en centros penitenciarios, cuyo beneficio será cobrado por una persona legalmente autorizada.
En determinados casos, los padres, madres o tutores serán los encargados de recibir el dinero, según las reglas del programa.
¿Cómo se podrá cobrar?
El Bono PEPE II contempla tres modalidades de pago:
1. Depósito bancario: El dinero podrá abonarse directamente a una cuenta unipersonal habilitada y validada del beneficiario.
2. Cobro por ventanilla: Los beneficiarios podrán recibir el pago en las entidades o puntos financieros autorizados, acreditando su identidad.
3. Billetera móvil: El apoyo también podrá transferirse mediante la billetera móvil de la entidad bancaria pública, de acuerdo con los procedimientos de habilitación.
La modalidad dependerá de los registros de cada beneficiario y de las condiciones operativas establecidas para el programa.
El Gobierno estableció que la identificación de beneficiarios se realizará mediante el cruce de las bases de datos de las instituciones responsables.
Por tanto, quienes ya cumplan los requisitos y se encuentren correctamente registrados no necesitan pagar por una inscripción ni realizar un nuevo trámite para incorporarse al padrón.qA
