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TCP calificó de inconstitucional la sucesión presidencial de Jeanine Áñez

La "denominada sucesión ipso facto sólo se aplica para la Presidencia del Estado".

15/10/2021 15:05

TCP calificó de inconstitucional la sucesión presidencial de Áñez
Sucre, Bolivia

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El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) anunció este viernes a través de una resolución, que no es apta la sucesión "ipso facto" de la diputada Margarita Fernández, quien en 2019 pidió ocupar la presidencia de la Cámara de Diputados, porque sólo es válida para el caso del presidente del Estado.

El Tribunal concluyó que en 2019 nunca hubo vacío de poder, por lo que la “sucesión” de Jeanine Áñez fue inconstitucional.

El TCP dictó que la "denominada sucesión ipso facto sólo se aplica para la Presidencia del Estado, de acuerdo al artículo 169 de la Constitución Política del Estado (...) debiendo toda renuncia ser tratada y aceptada en el Pleno Camaral, aclarando que este reemplazo temporal no significa que el reemplazante se inviste (adjudica) el cargo de presidente".

“Fernandez solo ejerció el cargo de presidenta de Diputados de manera temporal, mientras Susana Rivero se encontraba impedida, pues a diferencia de la sucesión presidencial que puede darse ipso facto conforme al artículo 169 de la CPE, esta figura no es aplicable para el caso de la Presidencia de la Cámara de Diputados, debiendo toda renuncia ser tratada y aceptada por el pleno camaral, aclarando que este reemplazo temporal no significa que el reemplazante se inviste (adjudica) el cargo de presidente”.

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