Las personas afectadas por bloqueos, conflictos sociales u otros eventos adversos ya pueden solicitar la evaluación de sus créditos para acceder a reprogramaciones, refinanciamientos y períodos de gracia. ASFI recordó que el Decreto Supremo 5630 está plenamente vigente y que las entidades financieras están obligadas a aplicar sus disposiciones.
16/06/2026 12:22
Escuchar esta nota
Los consumidores financieros que vieron afectada su capacidad de pago debido a bloqueos, conflictos sociales u otros eventos adversos ya pueden solicitar mecanismos de alivio financiero contemplados en el Decreto Supremo 5630.
La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) aclaró que la norma se encuentra plenamente vigente y que no requiere reglamentación adicional para su aplicación, por lo que bancos, cooperativas y demás entidades financieras deben atender las solicitudes de los prestatarios que cumplan las condiciones establecidas.
¿Quiénes pueden acceder al beneficio?
La medida está dirigida a personas cuyos ingresos se redujeron o cuya capacidad económica se vio perjudicada por situaciones extraordinarias que dificultan el cumplimiento de sus obligaciones crediticias.
Sin embargo, los beneficios no se aplican de forma automática. Cada prestatario debe presentar una solicitud formal ante la entidad financiera donde mantiene su crédito para que se evalúe su situación particular.
Reprogramación o refinanciamiento: las opciones disponibles
El Decreto Supremo 5630 contempla dos mecanismos principales para aliviar la carga financiera de los deudores.
La reprogramación permite modificar las condiciones de un crédito vigente, ajustando plazos o cronogramas de pago para adecuarlos a la realidad económica actual del prestatario.
El refinanciamiento, en cambio, implica una nueva operación financiera mediante la cual se reorganiza la deuda existente bajo nuevas condiciones definidas tras la evaluación correspondiente.
¿Qué ocurre mientras se analiza la solicitud?
La norma establece una prórroga durante el proceso de evaluación.
Durante ese período, que inicialmente puede extenderse hasta 30 días calendario, el prestatario no está obligado a pagar cuotas, intereses, seguros, comisiones ni otros cargos relacionados con la operación crediticia.
Además, las entidades financieras tienen la posibilidad de ampliar este plazo de acuerdo con sus políticas internas.
Período de gracia de hasta seis meses
Uno de los beneficios más relevantes es la posibilidad de acceder a un período de gracia de entre uno y seis meses.
Durante ese tiempo, el cliente no realiza pagos de capital, intereses, seguros ni comisiones. Sin embargo, la deuda no desaparece ni se condona. Los montos pendientes serán incorporados posteriormente al nuevo plan de pagos que acuerde la entidad financiera con el prestatario.
Sin aumento de intereses ni costos adicionales
ASFI precisó que quienes accedan a estos mecanismos conservarán la tasa de interés vigente en su crédito, salvo que la entidad financiera ofrezca condiciones más favorables.
Asimismo, los gastos relacionados con la elaboración de documentos, minutas, contratos modificatorios o adendas deberán ser cubiertos por la entidad financiera y no por el cliente.
La calificación crediticia no será afectada
Otro aspecto importante es que la solicitud de reprogramación o refinanciamiento no implica una reclasificación automática del prestatario a una categoría de mayor riesgo.
Esto significa que acceder a los mecanismos de alivio financiero no debería perjudicar el historial crediticio del solicitante por el solo hecho de acogerse a los beneficios establecidos en la norma.
¿Qué hacer si el banco no cumple?
ASFI recordó que las entidades financieras tienen la obligación de informar públicamente los requisitos y procedimientos para acceder a estos beneficios.
Si un cliente considera que su solicitud no fue atendida adecuadamente o que se están vulnerando sus derechos, primero debe presentar un reclamo ante la propia entidad financiera. En caso de no obtener una respuesta satisfactoria, puede acudir a ASFI para solicitar la intervención de la autoridad supervisora.
Con el Decreto Supremo 5630 ya en plena vigencia, miles de prestatarios afectados por la coyuntura económica cuentan ahora con herramientas para reorganizar sus deudas y recuperar estabilidad financiera sin enfrentar mayores cargas ni sanciones adicionales.
Mira la programación en Red Uno Play
{{hora}}
{{hora}}
