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¿Importará un vehículo eléctrico o híbrido? Conozca qué cambia con el Decreto Supremo 5653

La norma señala que el objetivo es adecuar el régimen tributario a la dinámica del comercio exterior y fomentar la importación de vehículos con tecnologías de menor impacto ambiental, mediante un tratamiento impositivo diferenciado para distintas categorías de motorizados.

Gobierno reduce impuestos a los vehículos eléctricos e híbridos. Foto: imagen referencial
La Paz, Bolivia

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El Gobierno nacional aprobó el Decreto Supremo N.º 5653, mediante el cual establece nuevas alícuotas del Impuesto a los Consumos Específicos (ICE) para la importación de vehículos eléctricos e híbridos, medida que estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.

La norma señala que el objetivo es adecuar el régimen tributario a la dinámica del comercio exterior y fomentar la importación de vehículos con tecnologías de menor impacto ambiental, mediante un tratamiento impositivo diferenciado para distintas categorías de motorizados.

Vehículos eléctricos tendrán alícuota cero

El anexo del decreto establece que los vehículos completamente eléctricos, tanto automóviles particulares, motocicletas, camionetas, camiones y otros vehículos especializados, tendrán una alícuota del ICE del 0%, independientemente de su antigüedad dentro de los rangos permitidos para la importación.

La disposición también contempla beneficios tributarios para algunos vehículos híbridos, especialmente aquellos con motores eléctricos combinados con motores a gasolina, aunque las alícuotas varían según el tipo de vehículo, la tecnología utilizada y los años de antigüedad.

Diferenciación según tecnología y antigüedad

El decreto incorpora una tabla con las alícuotas aplicables a tractores, buses, automóviles, vehículos de carga, vehículos especiales y motocicletas eléctricas.

En el caso de los vehículos híbridos enchufables y microhíbridos, las tasas del ICE oscilan entre el 0% y el 20%, dependiendo de la clasificación arancelaria y la antigüedad del motorizado. Por su parte, algunos vehículos híbridos impulsados por motores diésel mantienen alícuotas de hasta el 15%.

Vigencia de la medida

El Decreto Supremo N.º 5653 fue firmado por el presidente Rodrigo Paz Pereira y dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas será la instancia encargada de ejecutar y hacer cumplir la norma.

La medida tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026 y modifica el tratamiento tributario para la importación de vehículos eléctricos e híbridos con el propósito de incentivar la transición hacia un parque automotor con tecnologías más limpias y eficientes.

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