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¿Retirar aportes de la Gestora es posible? Estos son los requisitos que debe cumplir

La devolución de fondos acumulados es viable en Bolivia bajo condiciones específicas, como no alcanzar la edad o las cotizaciones para la jubilación; expertos aconsejan evaluar el impacto a largo plazo.

¿Piensa retirar sus aportes de la Gestora? Estos son los requisitos. Imagen de archivo.
Bolivia

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Una de las preguntas más recurrentes entre los trabajadores bolivianos que aportaron durante años al sistema de pensiones es si es posible recuperar el dinero acumulado en sus cuentas. La respuesta es afirmativa, pero la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo aplica filtros específicos para autorizar la devolución de estos recursos, principalmente orientados a quienes no lograron consolidar una jubilación formal.

La modalidad más habitual está diseñada para los ciudadanos que, habiendo alcanzado la edad límite, no acumularon el tiempo de cotización exigido por ley. Sin embargo, el marco normativo vigente contempla también otros escenarios y requisitos estrictos para acceder a estos fondos.

Requisitos para la devolución por edad y aportes insuficientes

Esta opción permite recuperar los recursos acumulados cuando ya no es viable acceder a una pensión de vejez tradicional. Para solicitar el retiro bajo esta modalidad, el asegurado debe cumplir simultáneamente con tres condiciones:

  • Edad: Tener 58 años o más.

  • Densidad de aportes: No haber alcanzado las 120 cotizaciones mínimas requeridas para una jubilación (es decir, contar con menos de 10 años de aportes).

  • Trámite: Presentar la solicitud formal ante las oficinas de la Gestora Pública.

Otras modalidades de retiro autorizadas

El sistema prevé la devolución de fondos en otros cuatro escenarios particulares:

  • Aportantes independientes y consultores: Pueden tramitar la devolución de su saldo por cada bloque de 60 aportes (5 años), ya sean continuos o discontinuos.

  • Aportes voluntarios: Quienes realizaron depósitos complementarios de forma voluntaria quedan facultados a retirar dichos recursos bajo la misma regla de bloques de 60 cotizaciones.

  • Casos de invalidez: Personas menores de 65 años que tengan un dictamen favorable de invalidez y no se encuentren jubiladas pueden solicitar el retiro según la normativa.

  • Fallecimiento del titular: Si el asegurado fallece y sus derechohabientes no califican para una pensión por muerte, los herederos legales pueden reclamar el total de los fondos acumulados mediante el trámite de masa hereditaria.

Gestión unificada y pasos para iniciar el trámite

Una duda común entre los trabajadores es qué pasó con el dinero depositado en las antiguas Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP Futuro o Previsión). Actualmente, la totalidad de esos fondos fueron transferidos a la Gestora Pública, por lo que el historial está unificado y el trámite se realiza en una sola ventanilla.

Para iniciar la solicitud, el interesado debe acudir a cualquier oficina de la entidad con su Cédula de Identidad, Certificado de Nacimiento y los formularios específicos del área. En caso de que el aportante resida en el exterior, el cobro y la gestión se pueden realizar en Bolivia mediante un apoderado legal debidamente acreditado.

Analistas del sector recomiendan revisar detalladamente cada caso antes de retirar los fondos. El cobro total o parcial de los aportes extingue de forma definitiva el derecho a una futura Pensión de Vejez y puede suspender otros beneficios del sistema de seguridad social a corto y largo plazo.

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