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COEM prohíbe conciertos masivos y fiestas de promociones ante incremento de contagios

El alcalde cruceño, manifestó que el horario de circulación se mantendrá de 05:00 a 02:00, hasta el 6 de diciembre. Indicó que se exigirá a los funcionarios municipales y trabajadores en actividades económicas portar su carnet de vacuna 

24/11/2021 21:06

Santa Cruz - Bolivia

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Tras la reunión que sostuvieron los alcaldes de la región metropolitana, Santa Cruz de la Sierra, Cotoca, Porongo, La Guardia, El Torno, Bélgica, Warnes, Montero y Mineros, el Centro de Operaciones de Emergencia Municipal (COEM), determinó suspender los conciertos masivos y las fiestas de promociones, ante el incremento de contagios por el Covid-19. 

"Hemos hecho un ajuste a la anterior resolución, porque de cada 100 pruebas que se hacen 15 salen positivas y de esas 15 más del 80% son de personas que no tienen ningún tipo de vacunas, eso es alarmante. Vamos a hacer más estrictos", afirmó a Notivisión el alcalde del municipio cruceño, Jhonny Fernández. 

El burgomaestre explicó que los actos protocolares y de formalidad de entregas de título de bachiller serán autorizados previamente por el COEM y sólo podrán realizarse en lugares cerrados de ocupación al 30% de capacidad y al 50% en lugares abiertos.  

Fernández señaló que el horario de circulación y actividades se mantendrá de 05:00 a 02:00; mientras que los servicios comerciales y prestaciones de servicio será de 05:00 a 01:00. Estas medidas entran en rigor desde el jueves 25 de noviembre hasta el lunes 6 de diciembre. 

Se dispuso intensificar el desplazo de las brigadas de vigilancia epidemiológica. Se prohíbe los conciertos masivos y las fiestas de promociones, esto con el objetivo de combatir y bajar la ola de contagios por Covid-19.

Otras conclusiones

6.- Los eventos prohibidos, (no autorizados) serán pasibles a las sanciones establecidas por ley y/o clausura inmediata. En caso de causar daño a la salud de la población, se comunicará al Ministerio Público para el inicio de acciones conforme a ley por atentado contra la salud pública. 

7.- Todo acto de realización de reunión de personas permitidos por la presente resolución será previamente autorizado por el COEM, de cada gobierno municipal, bajo estrictas medidas de bioseguridad y no deberán sobrepasar el 30% de su capacidad del lugar cerrado y al 50% en lugares abiertos. 

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