El Gobierno nacional anunció que desde el próximo lunes 1 de junio, Bolivia ingresará en una cuarentena dinámica. Conozca cuáles son las disposiciones de esta medida.
29/05/2020 16:35
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A partir del próximo lunes 1 de junio, Bolivia ingresará en una nueva fase de cuarentena nacional, dinámica y condicionada, misma que tendrá una duración hasta el 30 del mismo mes, según los niveles de riesgo que registre cada departamento
El Gobierno de la presidenta Jeanine Áñez aprobó el Decreto Supremo N° 4245 el cual levanta la declaratoria de emergencia por la pandemia del Coronavirus (Covid-19) y se inician las tareas de mitigación para la ejecución de los Planes de Contingencia por la Pandemia del Coronavirus de las ETA.
La ministra de Comunicación, Isabel Fernández, explicó la noche del jueves que a partir del lunes 1 de junio serán los municipios y gobernaciones quienes elaborarán, ejecutarán y actualizarán planes de contingencia para mitigar el contacto y propagación del Covid-19.
Tras la reunión de Gabinete que se llevó adelante ayer en Palacio de Gobierno, el ministro de Desarrollo Productivo y Economía Plural, Óscar Ortiz, explicó que los decretos y medidas adoptadas se dan para dinamizar la economía en el país, preservar el empleo, tener un regreso paulatino a las actividades cotidianas, siempre y cuando manteniendo las medidas de bioseguridad como el uso del barbijo, alcohol en gel y el distanciamiento físico.
Disposiciones que regirán a partir del lunes
1.- Municipios y gobernaciones elaborarán y ejecutarán un plan de contingencia para mitigar la propagación del Covid-19.
2.- Los gobiernos departamentales y municipales podrán encapsular barrios, zonas, comunidades, distritos y municipios para precautelar la salud de los habitantes, de acuerdo a los niveles de riesgo.
3.- Los gobiernos departamentales y municipales normarán la circulación de personas para fines de abastecimiento, el funcionamiento de servicios, comercios, atención al sistema financiero y otros servicios.
4.- De lunes a viernes los ciudadanos podrán circular, incluso los vehículos, de 05:00 a 18:00. Se suspende la restricción de salida por el último dígito de la cédula de identidad.
5.- Los fines de semana las personas podrán salir a pie o en bicicleta cinco cuadras a la redonda de su vivienda (horario: 6:00 a 14:00). La circulación de motorizados está prohibida.
6.- Solo se permitirán los actos religiosos que reciban un 30% del aforo de cada lugar de concentración; las concentraciones culturales, deportivas, políticas y de entretenimiento continúan prohibidas.
7.- Se restablecen las jornadas laborales tanto en el sector público y privado, pero en horario continuo. El Ministerio de Trabajo regulará el ingreso y la salida de los trabajadores del sector público. Los municipios y las gobernaciones reglamentarán al sector privado.
8.- Aquellas personas que tengan una deuda con una entidad bancaria que sea menor a Bs 1.000.000, podrán cancelar su próxima cuota en septiembre. Con ello se aplica el diferimiento del pago aplica para los próximos tres meses que sería junio, julio y agosto.
Restricciones que continuarán vigentes a nivel nacional
1.- Se mantiene el cierre de fronteras tanto aérea, terrestre, pluvial y lacustre.
2.- Solo podrán ingresar al país los bolivianos que viven en el exterior que cumplan con una cuarentena y una serie de protocolos.
3.- Las unidades educativas en todos sus niveles continuarán cerradas. Las clases continuarán pasándose de manera virtual. Aún no hay fecha para el retorno físico de los estudiantes a las aulas.
4. Continúan restringidos los vuelos internacionales.
Actividades económicas permitidas desde el 1 de junio
1.- Industrial
2.- Manufacturera
3.- Agropecuaria
4.- Maderera
5.- Forestal
6.- Minera
7.- Construcción
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