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Gobierno emite nuevo Decreto Supremo para los servidores Públicos

El Decreto Supremo 5654 tiene como objetivo proteger los ingresos de servidores públicos y jubilados, evitando descuentos discrecionales y garantizando que los recursos sean destinados a la subsistencia y bienestar de las familias.

Foto: Billetes de cien bolivianos
Bolivia

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El Decreto Supremo 5654 establece que las entidades públicas del nivel central solo podrán aplicar retenciones por conceptos específicos, como seguridad social, RC-IVA, asistencia familiar, sanciones administrativas y recuperaciones por cobros indebidos.

El Gobierno aprobó el Decreto Supremo N° 5654, que norma la aplicación de descuentos, contribuciones y retenciones por planilla en los sueldos, salarios y rentas dentro de las entidades e instituciones públicas del nivel central del Estado.

La norma, firmada por el presidente Rodrigo Paz Pereira el 13 de julio de 2026, tiene como objetivo proteger los ingresos de servidores públicos y jubilados, evitando descuentos discrecionales y garantizando que los recursos sean destinados a la subsistencia y bienestar de las familias.

Qué descuentos estarán permitidos

Según el decreto, las entidades públicas del nivel central solo podrán aplicar descuentos por planilla en sueldos o salarios por los siguientes conceptos:

  • Seguridad Social de Largo Plazo, conforme a la Ley de Pensiones.
  • Faltas, atrasos y sanciones administrativas.
  • Régimen Complementario al IVA, conocido como RC-IVA.
  • Retenciones judiciales por asistencia familiar.
  • Recuperaciones en favor del Estado por cobros indebidos.

La norma establece que cualquier descuento que no esté dentro de esos conceptos deberá quedar sin efecto.

Alcance para jubilados

El decreto también alcanza a los jubilados del Sistema de Reparto. En este caso, el SENASIR solo podrá aplicar descuentos en las rentas por seguridad social de corto plazo, asistencia familiar, recuperación de cobros indebidos y descuentos en el marco de convenios con entidades públicas del nivel central.

Entidades autónomas podrán aplicar la misma medida

La disposición adicional primera señala que las entidades territoriales autónomas podrán dejar sin efecto descuentos, contribuciones o retenciones por planilla que no estén contemplados en el decreto, en el marco de sus competencias y responsabilidades.

FFAA y Policía quedan exceptuadas

El Decreto Supremo 5654 exceptúa de su aplicación a las Fuerzas Armadas y a la Policía Boliviana.

Además, se establece que los servidores públicos o jubilados que deseen realizar aportes voluntarios podrán hacerlo mediante autorización individual, expresa, revocable y verificable, a través del débito de su cuenta en una entidad financiera.

Normas abrogadas y derogadas

La nueva disposición abroga varios decretos emitidos entre 1995 y 2009, además de derogar artículos de otras normas vinculadas a descuentos por planilla.

El ministro de Trabajo, Williams Bascopé, figura como ministro proyectista del decreto.

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