Durante los actos por el 1° de mayo, el presidente Luis Arce, dio a conocer nuevas medidas en beneficio de los trabajadores. Estas ya fueron publicadas en la Gaceta Oficial del Estado Plurinacional.
02/05/2022 12:19
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Durante los actos por el Día del Trabajador, el presidente Luis Arce, dio a conocer nuevas medidas sobre licencias y vacaciones en beneficio de los trabajadores. Estas ya fueron aprobadas mediante decreto supremo y están publicadas en la Gaceta Oficial del Estado Plurinacional.
Licencias
Según el Decreto Supremo 4708, se regula y garantiza las licencias especiales con el goce del 100% de remuneración al trabajador, en los siguientes casos:
Por fallecimiento de padres, cónyuges, hermanos o hijos, se tendrá tres días de licencia, debiendo el trabajador presentar certificado de defunción dentro de los próximos cinco días hábiles de ocurrido el suceso.
Por matrimonio, se tiene tres jornadas laborales libres, previa presentación del certificado de inscripción y señalamiento de fecha expedida por el Oficial de Registro Civil.
Se estableció también que se tiene media jornada laboral libre en el caso de cumpleaños, tras presentar su cédula de identidad y cuando la jornada sea de ocho horas.
Vacaciones
El Decreto Supremo 4709 ratifica la obligatoriedad de que el empleador programe vacaciones anuales; además los trabajadores pueden fraccionar sus días de descanso sin necesidad de un acuerdo escrito.
Establece también que las vacaciones anuales no pueden ser compensadas en dinero, salvo el caso de terminación del contrato de trabajo y será ejercida conforme al rol de turnos que formule el empleador. Las vacaciones no pueden dividirse en más de tres periodos en cada gestión.
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