El director general Territorial Militar, Cnl. Ernesto Caballero Ustariz, informó que en caso de pérdida de la Libreta del Servicio Militar se otorga un "Certificado Especial" que equivale a la misma libreta.
“Este Certificado Especial por Pérdida o Anulación del documento se otorga únicamente al interesado y para concederlo nos debe indicar el nombre del cuartel, el año en que realizó su servicio militar y toda la información de su reclutamiento. Este documento es totalmente válido y sustituye a la libreta cuando esta se ha extraviado”, explicó.
Alertó que estos trámites no requieren de “tramitador”, que no se debe pagar a particulares y que dura un tiempo máximo de un mes.
Requisitos para la otorgación del “Certificado Especial por pérdida”
- Oficio dirigido al ministro de Defensa, Original y dos copias, solicitando la extensión de Certificado Especial, indicando de manera detallada, el Centro de Reclutamiento, Escalón y Categoría, Unidad de Licenciamiento, Matrícula, número y tipo de Libreta. En caso de Libretas de Servicio Auxiliar, Inhábil o Redención, que hayan sido extraviadas, se debe indicar la Región Militar y año en que se realizó el trámite de la misma, firmada por el interesado o apoderado, con bolígrafo azul.
- Certificado de nacimiento original actualizado, otorgado por el Órgano Electoral Plurinacional.
- Fotocopia simple legible de cédula de identidad, firmada por el interesado con bolígrafo azul en la parte central.
- Dos fotografías tamaño 4x4, fondo rojo, material mate, traje oscuro, camisa blanca y corbata, sin barba o bigotes.
- Depósito de Bs 100 a la Cuenta Varios del Ministerio de Defensa Nº 1-24276087, del Banco Unión, a nombre del interesado debidamente canjeado por concepto de “Certificado Especial”. Sacar fotocopia y canjear en oficinas de Tesorería, 2do. Piso del Ministerio de Defensa, para el departamento de La Paz, y para las Regiones Militares del Interior, sólo la boleta de depósito y una fotocopia.
- Si el interesado requiere a la vez, una o más copias legalizadas del Certificado Especial, debe realizar el depósito de Bs 50 por cada una.
- El trámite es personal, puede recoger el padre, madre, hermanos, o esposa, previa demostración de parentesco y autorización del interesado; el apoderado o terceras personas también pueden recoger el documento con Poder Notariado original, adjuntando fotocopia del Carnet de Identidad.
- Adjuntar todos los antecedentes en ese orden en un folder amarillo tamaño oficio con fástener.
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