El exdiputado Amilcar Barral, quien impulsó la normativa, señaló que el Gobierno, mediante la Policía, debe intervenir en caso de cierre de caminos.
18/01/2025 13:53
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El Tribunal Constitucional Plurinacional ratificó la Resolución Constitucional 040/2024, del 16 de febrero de 2024 de la Sala Constitucional Cuarta de La Paz, que prohíbe a Evo Morales y sus seguidores establecer bloqueos o cierre de caminos en las vías fundamentales del país.
La resolución, también establecería que el Ministerio de Gobierno debe tomar las acciones necesarias para garantizar la libre circulación en todas las vías que unen al país.
Recordemos que la acción popular fue presentada en 2024 por el exdiputado Amilkar Barral, quien señaló que, ante las amenazas de movilizaciones con cierre de vías, debe ser el Gobierno quien, mediante la Policía, pueda intervenir de manera inmediata para poder garantizar la libre circulación.
En febrero de 2024, la resolución 040 de la Sala Constitucional Cuarta exhortó al expresidente y líder del MAS, a “no atribuirse la representación de derecho civiles y políticos de la sociedad”, además, determinó a “inhibirse” de afectar el ejercicio de derechos fundamentales de otros miembros de sociedad. Junto a esto, el de “no promover ni incitar” la realización de bloqueos de caminos, ni provocar daños a las carreteras.
“Se sienta un precedente y puede servir para jurisprudencia incluso para empezar a limitar los bloqueos de caminos de instituciones que pueden tener pedidos muy legítimos, pero que no pueden perjudicar a la población”, dijo el exdiputado Barral.
La exautoridad señaló que, si el Ministerio de Gobierno viabiliza el cumplimiento de la determinación, podría ser procesado por incumplimiento de deberes.
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