Según Martín Camacho, defensa del gobernador electo de Santa Cruz, si Camacho continúa detenido se estaría vulnerando el principio de razonabilidad del plazo para la detención preventiva.
28/04/2025 23:53
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Luego de que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) admitiera la acción de inconstitucionalidad concreta contra del Decreto Supremo 138 de 2009, en el caso del Paro cívico de 36 días, la defensa del gobernador electo, Luis Fernando Camacho afirmó que, lo que corresponde, es que el juez ordene la libertad de la autoridad cruceña, pues caso contrario se estaría vulnerando el plazo para la detención preventiva, advirtió Martín Camacho.
“Ante el conocimiento del auto de admisión constitucional, el doctor Helmer Laura Picavia, al haberse suspendido la tramitación del proceso se estaría poniendo en suspensión también el juicio y la posible sentencia en contra del gobernador Luis Fernando Camacho, sea absolutorio o de otro tipo y, por lo tanto, el plazo para la detención preventiva estaría suspendido”, sostuvo el jurista.
En este caso, explica la defensa de Camacho, si el gobernador continúa detenido, entre tanto se resuelva el recurso, se vulneraría el principio de razonabilidad del plazo para la detención preventiva.
“Lo que el juez debería ordenar es su libertad (…) se debería ordenar la modificación de la medida para que la detención del gobernador no se torne en una condena anticipada”, afirmó Camacho.
Esta acción se aplicaría para la detención dentro del caso de los 36 días del paro cívico, mientras que para el caso Golpe I, la defensa del gobernador presentó una modificación de medidas, bajo los mismos argumentos, por el recurso de inconstitucionalidad, respecto al tipo penal de terrorismo, utilizando como argumento principal la resolución al artículo 50/ 2024 del grupo de trabajo sobre detención arbitraria de la Organización de Naciones Unidas, donde señalarían que esta detención sería arbitraria.
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