Asosur aclaró que, mientras se adecúan los sistemas de facturación al Decreto Supremo 5676, las estaciones de servicio no podrán vender diésel fuera del tanque en volúmenes de 120 a 5.000 litros mensuales. Los usuarios directos deberán abastecerse en plantas de YPFB o YPFB Logística.





