El Ministerio de Economía recordó que las personas con créditos vigentes cuyos ingresos fueron afectados por bloqueos, conflictos sociales u otros eventos adversos pueden solicitar la reprogramación o refinanciamiento de sus préstamos.
06/07/2026 18:50
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El Ministerio de Economía recordó que las personas con créditos vigentes cuyos ingresos fueron afectados por bloqueos, conflictos sociales u otros eventos adversos pueden solicitar la reprogramación o refinanciamiento de sus préstamos.
Las personas que tienen un crédito vigente y vieron afectados sus ingresos por factores ajenos, como bloqueos, conflictos sociales o eventos adversos, aún pueden acceder al Programa de Alivio Financiero, en el marco del Decreto Supremo N° 5630 sobre refinanciamiento y reprogramación de créditos.
De acuerdo con el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, esta medida busca ofrecer una alternativa para reorganizar los créditos y adecuarlos a la situación económica actual de los prestatarios.
¿Quiénes pueden acceder al beneficio?
Según la información difundida, pueden solicitar este beneficio todas las personas que tengan un crédito vigente y cuyos ingresos se hayan visto afectados por situaciones que dificulten el cumplimiento de sus pagos.
Entre los factores mencionados se encuentran los bloqueos, conflictos sociales y otros eventos adversos que hayan reducido la capacidad económica del deudor.
Qué se puede solicitar
El programa permite que los prestatarios pidan, de forma voluntaria, la reprogramación o el refinanciamiento de sus créditos.
La reprogramación permite reorganizar las cuotas y los plazos del crédito para que se adapten mejor a la situación económica del cliente. En tanto, el refinanciamiento permite reemplazar la deuda existente con un nuevo préstamo bajo condiciones más favorables.
Periodo de gracia de hasta seis meses
La medida también contempla la posibilidad de acceder a un periodo de gracia de hasta seis meses, previa solicitud y evaluación de la entidad financiera.
Durante ese tiempo, el prestatario no tendría que pagar capital, intereses, seguros, comisiones ni otros cargos asociados al crédito.
Una vez concluido el periodo de gracia, los intereses, seguros, comisiones y otros cargos que no fueron pagados se incorporarán gradualmente a las siguientes cuotas, con el objetivo de permitir que el deudor retome sus obligaciones de forma progresiva.
Se mantienen las condiciones del crédito
El material informativo también señala que la tasa de interés se mantiene en las mismas condiciones acordadas inicialmente, salvo que el prestatario acuerde una condición diferente con su entidad financiera.
Además, los costos administrativos y documentales serán asumidos por la entidad financiera, por lo que el trámite no debería generar ese tipo de cobros para el solicitante.
Plazo para realizar la solicitud
El Ministerio de Economía recordó que los prestatarios tienen 30 días desde la promulgación del Decreto Supremo N° 5630, realizada el 9 de junio de 2026, para presentar su solicitud ante la entidad financiera.
Las personas interesadas deben acudir a su banco o entidad correspondiente para iniciar el trámite y conocer si cumplen con las condiciones para acceder al beneficio.
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