El abogado Arturo Moscoso explicó que los contratos firmados antes del nuevo régimen cambiario deben mantenerse al tipo de cambio de Bs 6,96 y no pueden modificarse de forma retroactiva.
01/07/2026 11:31
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El abogado Arturo Moscoso afirmó que la implementación del nuevo régimen de dólar flexible no modifica automáticamente los contratos de alquiler, anticrético, préstamos o compra de inmuebles suscritos antes de la vigencia de la medida.
¿Efecto retroactivo?
Según explicó, la Constitución Política del Estado establece que las normas no tienen efecto retroactivo en materia civil, por lo que los contratos firmados cuando el dólar se encontraba en Bs 6,96 deben respetarse bajo esas mismas condiciones hasta su conclusión.
“Todos los contratos que se hayan suscrito antes de la subida del dólar se quedan con el tipo de cambio de 6,96. Lo que venga para adelante será con el nuevo régimen”, señaló.
Moscoso sostuvo que si alguna empresa, entidad o propietario pretende modificar unilateralmente el tipo de cambio establecido en un contrato vigente, el afectado puede iniciar acciones legales para exigir el cumplimiento del documento firmado.
“Si el contrato nació con 6,96, tiene que morir con 6,96. No existe una aplicación retroactiva en materia civil”, remarcó.
Alquiler y anticrético
Respecto a los contratos de alquiler y anticrético que se negocien a partir de ahora, el jurista recomendó pactarlos en bolivianos para evitar futuros conflictos derivados de la variación del tipo de cambio.
“Lo recomendable es hacer los contratos en bolivianos mientras exista este régimen flexible, porque el tipo de cambio seguirá fluctuando”, explicó.
Sobre los créditos bancarios para vivienda o la compra de inmuebles financiados antes de la implementación del nuevo sistema, indicó que tampoco deberían modificarse las cuotas pactadas inicialmente.
En el caso de los contratos de anticrético establecidos en dólares, explicó que cada situación dependerá de las cláusulas pactadas y de la fecha de vencimiento, aunque reiteró que las obligaciones asumidas antes del nuevo régimen deben mantenerse bajo las condiciones originales.
El especialista recomendó a las personas revisar detenidamente sus contratos y buscar asesoramiento jurídico en caso de que se intente aplicar el nuevo tipo de cambio a obligaciones previamente pactadas.
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