La norma elimina los descuentos automáticos por planilla para aportes voluntarios, pero no impide que trabajadores y jubilados continúen aportando. Conoce qué descuentos se mantienen, cómo autorizar un aporte y por qué ahora la decisión está en manos de cada persona.
17/07/2026 11:23
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El Decreto Supremo (D.S.) 5654 establece nuevas reglas para los descuentos salariales y refuerza que los aportes voluntarios a sindicatos, asociaciones y otras organizaciones deben contar con la autorización expresa de cada trabajador o jubilado.
La norma plantea que el salario pertenece al trabajador y su familia, por lo que los descuentos por aportes voluntarios ya no podrán realizarse automáticamente mediante planilla. Cada persona podrá decidir libremente si desea continuar aportando.
¿Qué descuentos se mantienen?
El decreto mantiene los descuentos relacionados con:
El aporte sindical continúa, pero es voluntario
Recuperaciones en favor del Estado por cobros indebidos.
Retenciones judiciales por asistencia familiar.
Impuestos.
Faltas, atrasos y sanciones administrativas.
Seguridad Social de Largo Plazo.
El D.S. 5654 no elimina la posibilidad de realizar aportes sindicales. Sin embargo, establece que la autorización debe ser individual, expresa y revocable.
La norma también establece que no se aceptarán autorizaciones grupales para efectuar este tipo de descuentos.
¿Cómo se puede continuar aportando?
Quienes decidan mantener sus aportes podrán hacerlo mediante:
Débito automático: autorizando a una entidad bancaria a transferir mensualmente el monto definido.
Depósito directo: realizando el depósito en la cuenta oficial del sindicato o asociación correspondiente.
De esta manera, el aporte voluntario continúa siendo posible, pero la decisión de realizarlo corresponde exclusivamente a cada trabajador o jubilado.
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