Una sentencia del TCP, emitida en 2021, pero que fue conocida recientemente, dispuso indemnizar económicamente al expresidente Morales al considerar que fue inhabilitado indebidamente como candidato a senador pues se le afectaron sus derechos.
17/03/2022 18:31
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El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) falló a favor de Juan Evo Morales Ayma al declarar inconstitucional su inhabilitación como candidato a senador por el Movimiento Al Socialismo (MAS) para las elecciones de 2020.
Una sentencia del TCP, emitida en 2021, pero que fue conocida recientemente, dispuso indemnizar económicamente al expresidente Morales al considerar que fue inhabilitado indebidamente como candidato a senador pues se le afectaron sus derechos.
La sentencia, con fecha 7 de mayo de 2021, fue revelada por el abogado William Bascopé, quien calificó la decisión del Tribunal como una "grosería", "absurdo", "insultante" y un "aberración jurídica".
Como antecedentes de este caso se tiene que Evo Morales fue inscrito como candidato a senador en 2020 por el MAS, sin embargo, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) lo inhabilitó por no cumplir el requisito de residencia, dado que el exmandatario estaba en Argentina. La decisión del TSE fue ratificada por la Sala Constitucional Segunda de La Paz, en el marco de un Amparo.
El TCP, a través de su Sala Cuarta Especializada, en la etapa de revisión del Amparo, decidió revocar parcialmente la Resolución de la Sala Constitucional Segunda y anular la resolución del TSE, disponiendo la reparación integral de los derechos conculcados a Evo Morales.
En su resolución, el TCP ordenó la "calificación del daño y consecuente indemnización económica a favor del ciudadano Juan Evo Morales Ayma, a ser analizada y dispuesta, respectivamente, por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz".
Una demanda interpuesta por Carmen Eva Gonzales Lafuente, entonces Segunda Vicepresidenta de la Cámara de Senadores y Félix Fabián Espinoza Valencia, Asesor legal, consideraba que el exmandatario no cumplía los requisitos dispuesto por el órgano electoral para participar en las elecciones.
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