La ASFI ratificó que el DS 5630 continúa vigente y permite a prestatarios afectados por conflictos sociales y bloqueos solicitar voluntariamente la reprogramación o refinanciamiento de sus créditos.
24/07/2026 12:57
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La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) ratificó que el Decreto Supremo 5630 continúa vigente y recordó que los prestatarios afectados por conflictos sociales, bloqueos u otros eventos adversos pueden solicitar mecanismos de alivio financiero, como la reprogramación o el refinanciamiento de sus créditos.
El beneficio no es automático
La ASFI aclaró que los prestatarios deben solicitar voluntariamente la evaluación de su situación ante la entidad financiera donde mantienen su crédito. La reprogramación permite modificar las condiciones de una deuda vigente, mientras que el refinanciamiento implica una nueva operación financiera para reorganizar la deuda, según la capacidad de pago del solicitante.
Durante el periodo de prórroga no se cobran cuotas, intereses, seguros, comisiones ni otros cargos. El decreto establece una prórroga inicial de hasta 30 días calendario, mientras que el periodo de gracia puede extenderse entre uno y seis meses, dependiendo de la evaluación de cada caso.
No se incrementan los intereses ni se afecta automáticamente la calificación
La autoridad reguladora señaló que acceder a estos mecanismos no implica un aumento de la tasa de interés, salvo que se acuerde una condición más favorable para el prestatario. Además, la reprogramación o el refinanciamiento bajo el DS 5630 no genera automáticamente una reclasificación a una categoría de mayor riesgo.
Asimismo, los costos de elaboración de minutas, adendas y demás documentos necesarios para formalizar estas operaciones deben ser asumidos por la entidad financiera.
Entidades deben informar los requisitos
La ASFI recordó que las entidades financieras deben publicar los requisitos para acceder a estos beneficios y brindar información clara y accesible a los prestatarios. También señaló que supervisa el cumplimiento de la normativa y la atención de las solicitudes presentadas por los consumidores financieros.
En caso de incumplimiento, el consumidor debe presentar inicialmente su reclamo ante la entidad financiera. Si la respuesta no resuelve la situación o considera que sus derechos fueron vulnerados, puede acudir a la ASFI para que verifique el cumplimiento de la normativa.
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