El Ministerio de Trabajo informó que ambos días son de cumplimiento obligatorio, remunerados y con suspensión de actividades laborales en el sector público y privado en todo el país.
04/08/2026 16:29
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Hoy martes el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social confirmó a través de un comunicado que el jueves 6 y viernes 7 de agosto de 2026 se constituyen en feriados nacionales por la conmemoración del ducentésimo primer aniversario de la independencia de Bolivia.
A través del comunicado DGTHSO-000038/26, la cartera de Estado informó que la suspensión de actividades laborales será obligatoria en el sector público y privado en todo el territorio nacional.
Feriados remunerados
La disposición señala que los feriados son de cumplimiento obligatorio, remunerados y no podrán ser compensados, trasladados ni sustituidos de manera unilateral por empleadores públicos o privados.
El Ministerio recordó que la medida se aplica en conformidad con la Constitución Política del Estado, la Ley General del Trabajo, el Decreto Supremo N.º 2750 y el Decreto Supremo N.º 5521.
Servicios esenciales deberán organizar turnos
En el caso de servicios esenciales, continuos, de emergencia o actividades que no puedan ser interrumpidas, el trabajo durante los feriados deberá organizarse conforme a la normativa laboral y los convenios aplicables.
La institución aclaró que las trabajadoras y trabajadores que presten servicios durante esos días tendrán derecho al pago correspondiente con el 100% de recargo, equivalente al pago doble por la jornada trabajada, de acuerdo con el artículo 55 de la Ley General del Trabajo.
Jefaturas verificarán cumplimiento
Las Jefaturas Departamentales y Regionales de Trabajo estarán encargadas de verificar el cumplimiento del comunicado, recibir denuncias y adoptar las acciones o sanciones previstas en la normativa laboral.
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