El cargo está definido en el Estatuto Autonómico y la Constitución. Incluye gestión pública, designación de autoridades y ejecución de políticas departamentales.
12/04/2026 20:53
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Las funciones del gobernador están definidas en el Estatuto Autonómico y la Constitución Política del Estado, con atribuciones en gestión pública, designación de autoridades y aplicación de políticas departamentales.
Las competencias del Gobierno Autónomo Departamental —y, por tanto, del gobernador o gobernadora— se encuentran establecidas en el Artículo 38 del Estatuto Autonómico de Santa Cruz, que señala que estas derivan de la Constitución y permiten definir políticas propias en el departamento. Asimismo, se establece que el gobierno departamental puede solicitar o delegar competencias a otros niveles del Estado, según las necesidades de la gestión.
En ese marco, el gobernador es la máxima autoridad del Órgano Ejecutivo Departamental, encargado de dirigir la gestión pública y coordinar con otras instancias del Estado. De acuerdo con el Artículo 13 del Estatuto, lidera el gabinete junto al vicegobernador y los secretarios departamentales.
Entre sus principales atribuciones está la designación de autoridades, como secretarios departamentales mediante decreto, directores de servicios y subgobernadores en las provincias, lo que le permite estructurar y ejecutar la administración.
En cuanto a la organización institucional, el Artículo 19 establece que la estructura y funcionamiento de la Gobernación se define mediante ley departamental, a iniciativa del gobernador. Además, el Ejecutivo puede crear servicios especializados para atender áreas específicas.
El Estatuto también establece, en su Artículo 37, que el Gobierno Departamental debe coordinar con municipios y otras autonomías, garantizando una gestión articulada y la ejecución de proyectos conjuntos.
Asimismo, el gobernador tiene la responsabilidad de impulsar políticas públicas en áreas clave como educación, cultura y desarrollo productivo, consolidando su rol como ejecutor de programas departamentales.
El Estatuto señala que el gobernador ejerce sus funciones bajo principios de responsabilidad, coordinación y lealtad constitucional, siendo una pieza clave en el modelo autonómico de Santa Cruz.
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