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COEM flexibiliza medidas y vuelve la circulación vehicular hasta la medianoche

La flexibilización se da ante la desaceleración de contagios por Covid-19 en el departamento cruceño. La resolución ingresará en vigencia desde el martes 18 de enero hasta el 31 de enero. 

17/01/2022 19:19

Santa Cruz - Bolivia

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Luego que en los últimos días el departamento de Santa Cruz registró una desaceleración de contagios por el Covid-19, la tarde de este lunes el Centro de Operaciones de Emergencia Municipal (COEM) determinó ampliar el horario de circulación y de personas en el municipio de Santa Cruz de la Sierra desde las 05:00 hasta la medianoche. 

La reunión se llevó a cabo en la Quinta Municipal a la cabeza del alcalde municipal Jhonny Fernández, la Alcaldía de La Guardia, Cotoca, sectores como el gastronómico, salud, entre otros. 

"Tomando en cuenta los datos que nos pasaron hasta el domingo, hemos visto que la curva (epidemiológica) está en descenso, eso significa que no tenemos que bajar la guardia y seguir con las medidas de bioseguridad", dijo Jhonny al inicio de la conferencia. 

Respecto a las actividades públicas, privadas, comercio y de servicios, la disposición señala que podrán funcionar desde las 05:00 a 23:00 horas. Los servicios de entrega (delivery) trabajarán desde las 05:00 hasta la medianoche, debiendo usar y mantener las medidas de bioseguridad. 

La resolución ingresará en vigencia desde el martes 18 de enero hasta el 31 de enero. 

Los mercados y ferias funcionarán con el 50% de su capacidad y con control de bioseguridad en los ingresos, ferias y mercados público - privada deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad. En este punto, las autoridades municipales recalcan que serán las asociaciones y federaciones de comerciantes serán coadyuvantes y corresponsales del control de las medidas. 

El COEM determinó prohibir los encuentros masivos como ser fiestas, conciertos, festivales artísticos, actuación de artistas nacionales e internacionales, fiestas de promociones y ex promociones, asambleas y todo evento masivo.

Los patios de comida, restaurantes, cafeterías y/o sitios de consumos de alimentos, atenderán dentro del horario establecido en la presente resolución con un aforo máximo del 50% de su capacidad y ocupación. 

Los centros comerciales, mall, supermercados, mercados, ferias fijas, entidades financieras, hoteles y otras actividades comerciales y de servicios, atenderán en el horario establecido y con el aforo máximo del 50% de su capacidad y ocupación. 

Las empresas públicas y privadas, los centros comerciales, centros de abastecimientos, instituciones de servicios públicos y privados están obligados para funcionar, exigir a su personal y clientes el cumplimiento de los protocolos de higiene y bioseguridad. 

Los eventos deportivos serán permitidos con público al 50% de aforo máximo en lugares cerrados y abiertos, dentro del horario establecido. 

Los eventos sociales, religiosos y culturales serán permitidos dentro del horario establecido con un aforo máximo del 50% de su capacidad y ocupación de sus espacios de atención con el distanciamiento físico del 1.5 metros y cumpliendo con el protocolo.

Podrán circular vehículos de medios de comunicación, de industrias farmacéuticas, cadena alimentaria, de abastecimiento, de brigadas médicas y del sector de la construcción, todos debidamente identificados con sus respectivas credenciales.

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